¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Gobierno

Gobierno Duque objetó seis artículos de la JEP

Iván Duque se reunió con la presidenta de la JEP Patricia Linares y su vice Marta Lucía Ramírez.

Iván Duque se reunió con la presidenta de la JEP Patricia Linares y su vice Marta Lucía Ramírez.

Foto:Mauricio León

Reproducir Video

La norma volverá al Congreso. Presidente dice que presentará acto legislativo para reformar la JEP.

Edulfo Peña
Tal como se esperaba, el presidente Iván Duque aplicó la facultad de objetar parcialmente, por inconveniencia, la Ley Estatutaria de la JEP.
En una alocución trasmitida a todo el país, el mandatario anunció que vetó 6 artículos de los 159 que conforman esa norma. Como consecuencia, la Ley volverá al Congreso para que sea el Legislativo el que determine si avala las objeciones y por lo tanto modifica la estatutaria, o las niega. En tal caso, quedarían vigentes las reglas de juego a las que ya les dio su aval la Corte Constitucional. 
Se trata de una objeción parcial sobre artículos que ya habían generado controversia y no de afectaciones de fondo de las garantías judiciales y políticas negociadas con la guerrilla de las Farc. 
Según dijo el mandatario, al objetar la ley "está simplemente ejerciendo una potestad prevista en la Constitución y, por este medio, aportando a un proceso de construcción normativa en el que ya han actuado el Congreso, al aprobar el texto, y la Corte Constitucional, al revisarlo para verificar que fuera compatible con la Constitución".
"Las objeciones -dijo el Presidente- formuladas son exclusivamente de conveniencia: en opinión del Gobierno, varios artículos del Proyecto son inconvenientes para el país, en la medida en que, o bien pueden conducir a situaciones de impunidad, o bien permitirían que se abuse de los beneficios contemplados en el Acuerdo Final".
También afirmó que "no se trata de un choque de trenes", en referencia a que varios de los puntos objetados aparecieron no en la redacción del Congreso sino en el control previo a la sanción que realizó la Corte Constitucional.  
Según el Presidente, de lo que se trata es de "construir una paz bien hecha" y no de desconocer el Acuerdo de paz con las Farc. "Estas objeciones nos permiten apaciguar los justificados temores de un gran número de compatriotas frente a la impunidad, y también cumplirles a aquellos que genuinamente han escogido la ruta de la legalidad", afirmó.

Lor artículos objetados

El primer artículo objetado por el Gobierno es el número 7 de la Ley Estatutaria de la JEP, que establece las condiciones para que los victimarios aporten en la reparación material de sus víctimas. Según el Gobierno, tal y como quedó ese punto "no establece de manera clara la obligación principal de los victimarios de reparar integralmente a las víctimas". "Los colombianos debemos tener claro la importancia de precisar que los victimarios deben adelantar una reparación material con sus bienes y activos que satisfaga a las víctimas", precisó.
También aplicó la objeción al inciso octavo del artículo 63, que señala las reglas de juego para que una persona sea reconocida como miembro de las Farc y, por lo tanto, pueda pedir cupo en la Justicia Especial para la Paz. El Gobierno considera que tal y como quedó la redacción "no determina el alcance de la competencia atribuida al Alto Comisionado para la Paz para verificar la lista de quienes son reconocidos como miembros de los Grupos Armados que se sometan a un proceso de paz". 
Al respecto, tras varios incidentes de narcos colados en el proceso -tal y como sucedió en el proceso de paz entre los grupos paramilitares y el gobierno de Álvaro Uribe-, la administración de Juan Manuel Santos empezó a aplicar la facultad de vetar nombres sobre los que hubiera dudas, pero la sentencia de la Corte eliminó este salvaguarda.
"La tarea de verificar las personas que participen de un proceso de paz debe ser competencia del Alto Comisionado de Paz como representante del Presidente de la República. No es conveniente debilitar una atribución que por años ha tenido el Alto Comisionado para la Paz para evitar que los delincuentes se oculten y ganen beneficios e impunidad", dijo Duque.
El tercer punto objetado por el Gobierno es el literal J del artículo 79, que en concepto del Ejecutivo "no precisa las diligencias judiciales que la Fiscalía debe abstenerse de realizar". "Esto genera una situación que va en desmedro de los intereses de las víctimas y desperdicia valiosos recursos investigativos de autoridades con experiencia y capacidad". 
Lo que dice el Presidente es que "es conveniente definir con mayor precisión cuándo y bajo qué circunstancias las investigaciones contra personas sometidas a la JEP se suspenden en la Justicia ordinaria" y que  "esta precisión es necesaria para evitar visos de impunidad y garantizar el derecho a la Verdad de las víctimas".
En esta decisión el Gobierno atendió uno de los reparos planteados por el fiscal Néstor Humberto Martínez, quien ha advertido que en la Ley Estatutaria quedaron vacíos que no dan claridad sobre qué pasa en las investigaciones mientras estas no son plenamente asumidas por la JEP. 
Otro de los reparos de la Fiscalía recogidos por el Gobierno es frente al parágrafo 2 del Artículo 19, que podría dar pie a que se priorizaran las investigaciones contra los máximos responsables de delitos de lesa humanidad y de guerra dejando sin sanción a los autores materiales.  Según el Gobierno, "esa renuncia a la acción penal es inconveniente porque constituiría impunidad". "El Estado no puede renunciar a perseguir a los responsables de los delitos de lesa humanidad sin haber agotado todos sus esfuerzos para encontrar la Justicia y la Verdad", dijo Duque. 
El quinto artículo objetado es el 150, que regula el espinoso tema de la extradición de personas que hicieron parte de las Farc y se acogieron al proceso de paz, pero que son pedidos en extradición con posterioridad al Acuerdo Final. El Gobierno considera que esa redacción  "es inconveniente debido a que no precisa lo que ya fue dicho en la ley de Procedimiento de la JEP cuando expresa que la Sección de Revisión del Tribunal de Paz no puede practicar pruebas". "No hacer esta precisión afectaría gravemente la cooperación judicial de Colombia con otros países", dijo Duque. 
Finalmente, el Gobierno objetó el Artículo 153, uno de los más polémicos porque extendía el blindaje de la No extradición a "otras personas" que aún sin haber pertenecido a la guerrilla ofrecieran colaborar con la JEP para establecer la verdad de los hechos del conflicto. El Gobierno dice que "se condiciona la extradición de otras personas al ofrecimiento de la verdad sin establecer ningún tipo de término ni oportunidad para hacerlo", lo que "produce un incentivo perverso para el ingreso a la JEP de terceros bajo el ropaje de supuestos ofrecimientos de verdad. Esa ambigüedad puede ser utilizada para eludir responsabilidades ante la Justicia de otros Estados".

Anunció reforma constitucional a la JEP

Además de las objeciones a la Ley Estatutaria, el Gobierno anunció que planteará la modificación de tres artículos del Acto Legislativo 001, que modificó la Constitución para incluir el texto final de los Acuerdos de La Habana. Ese proyecto de reforma será presentado al Congreso en marzo próximo y tiene los siguientes puntos:
- La exclusión de los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes de la Justicia transicional, que ya está incluida en las normas de procedimiento de la JEP pero que no fue contemplada expresamente en los acuerdos.  "Nada, ninguna ideología, justifica la aberrante agresión a los más vulnerables de la sociedad", dijo Duque.
- La expresa advertencia de que quien reincida en actividades criminales perderá todos los beneficios (uno de los puntos de la Ley Estatutaria que el Fiscal pidió revisar).
- La condición expresa de que "todas las conductas delictivas que hayan iniciado antes del 1 de diciembre de 2016 y que continúen ejecutándose después de esa fecha serán competencia de la Justicia ordinaria para asegurar los principios de Justicia y No Repetición". Ese es otro de los puntos que el Fiscal había pedido al Gobierno objetar en la Ley Estatutaria.
EL TIEMPO.COM
Edulfo Peña
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO