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Sin desnaturalizar la JEP

No tendría sentido ir a esa justicia para relatar hechos no punibles para nadie.

A la luz de hechos recientes, conviene analizar los alcances de la solicitud a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) de cuando menos dos ministros del expresidente Uribe condenados por la Corte Suprema de Justicia bajo el cargo de cohecho, por ofrecer o entregar puestos o prebendas a parlamentarios de la Comisión Primera de la Cámara a cambio de su voto por la reforma constitucional que permitió la reelección inmediata del entonces jefe de Estado. Vale la pena refrescar los hechos, para quienes tal vez los han olvidado.
La Constitución del 91 prohibió para siempre la reelección presidencial. Avanzado el primer gobierno de Uribe, con un gran respaldo popular, su embajadora en España, Noemí Sanín, propuso el cambio constitucional para levantar esa prohibición. El entonces consejero presidencial, Fabio Echeverry acuñó la expresión “cambio del articulito”.
En la primera vuelta, un día antes de votarse la iniciativa en la Comisión Primera, 18 representantes a la Cámara pidieron archivar la iniciativa. Misteriosamente, al día siguiente, la representante Yidis Medina, suplente de Iván Díaz Mateus, cambió su voto y, ante la ausencia estratégica del conservador Teodolindo Avendaño, el proyecto, horas antes ahogado, se aprobó. El representante Germán Navas, del Polo Democrático, denunció el cohecho. Al final pasó la reforma, en medio de una cadena de impedimentos autonegados de más de 70 parlamentarios que alegaban tener puestos en el Gobierno.

Si, hasta donde se sabe, ninguno de los allegados a Uribe admite haber cometido el delito de cohecho, ¿de dónde saldría la conexión con el conflicto armado?

La Corte Constitucional avaló la reforma con los votos en contra de los magistrados Araújo Rentería, Córdoba Triviño y Beltrán Sierra. Dos togados, Clara Inés Vargas y Manuel José Cepeda, quienes aparentemente votarían en contra, al final lo hicieron a favor, por profundas convicciones constitucionales y democráticas.
Hoy considero que honrados funcionarios como Diego Palacios, Sabas Pretelt y Alberto Velásquez no deberían estar en la cárcel. No lo digo por desconocer un fallo de la Corte, sino por convicción y además porque resulta injusto que, en un sistema que de tiempo atrás ha construido las relaciones Ejecutivo-Legislativo a punta de repartir jirones de Estado a los congresistas, aquellos servidores paguen con su libertad lo que muchos antecesores y sucesores suyos han hecho, sin consecuencias penales.
Creo necesario buscar una salida jurídica para enmendar tan injusta situación. Pero no la de argüir que al facilitar, con métodos non sanctos, la reelección presidencial, lo hicieron por causa o con ocasión del conflicto armado, ya que así estarían logrando reelegir la política de confrontación armada con las Farc, en oposición a la solución negociada.
De aceptarse tal argumento, tendrían que ir a la JEP no solo ellos, sino todos los que de una u otra forma, y con parecidos métodos, dieron vía libre al cambio constitucional. ¡Qué sorpresas las que se darían!
Si bien el Acto Legislativo n.° 1 de 2017 no exige aceptación previa de responsabilidad, sí señala que “para acceder al tratamiento especial es necesario aportar verdad plena, reparar a las víctimas y garantizar la no repetición... y relatar, cuando se disponga de los elementos para ello, de manera exhaustiva y detallada, las conductas cometidas y las circunstancias de su comisión”. O sea que quien acude a la JEP es porque va a referir un delito, así él no sea el autor. No tendría sentido ir a esa justicia para relatar hechos no punibles para nadie. Tampoco, que la JEP sirva para revisar sentencias por delitos comunes.
Si, hasta donde se sabe, ninguno de los allegados a Uribe admite haber cometido el delito de cohecho, ¿de dónde saldría la conexión con el conflicto armado? Habría que hilar muy delgado para establecer que un cohecho pudo tener conexión directa o indirecta con un conflicto que, por lo demás, el gobierno Uribe nunca aceptó que existiera.
No es necesario desvirtuar de entrada la JEP para encontrarle una merecida fórmula de salida a la situación personal de los citados exfuncionarios.
ALFONSO GÓMEZ MÉNDEZ
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