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Latinoamérica

Supremo de México abre la puerta al consumo recreativo de marihuana

En Colombia, la exportación y producción de Cannabis con fines medicinales está reglamentada desde el 2016.

En Colombia, la exportación y producción de Cannabis con fines medicinales está reglamentada desde el 2016.

Foto:Juan Pablo Rueda / El Tiempo

Primera Sala del máximo ente de justicia aprobó medida con cuatro votos a favor y uno en contra.

Andrés Ruiz
La Suprema Corte de México estableció este miércoles jurisprudencia para el consumo recreativo de marihuana, decisión que permitirá cultivar y consumir la planta con fines recreativos a cualquier ciudadano que solicite un permiso al gobierno federal.
Por mayoría de cuatro votos a favor y uno en contra, la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó amparos bajo las ponencias de la ministra Norma Piña y el ministro Arturo Zaldívar.
De esta forma el máximo tribunal reiteró, por quinta ocasión, la inconstitucionalidad de la prohibición absoluta del consumo recreativo de marihuana.
Lo anterior permitió integrar jurisprudencia sobre el tema. La Primera Sala sostuvo que el derecho fundamental al libre desarrollo de la personalidad "permite que las personas mayores de edad decidan -sin interferencia alguna- qué tipo de actividades lúdicas desean realizar y protege todas las acciones necesarias para materializar esa elección".
También se aclaró que "ese derecho no es absoluto y que podría regularse el consumo de ciertas sustancias, pero las afectaciones que provoca la marihuana no justifican una prohibición absoluta a su consumo".

Permite que las personas mayores de edad decidan -sin interferencia alguna- qué tipo de actividades lúdicas desean realizar y protege todas las acciones necesarias para materializar esa elección

Por tanto, la Primera Sala ordenó a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) que autorice a los solicitantes de los amparos "consumir personalmente marihuana, sin que eso les permita comercializarla ni utilizar otros estupefacientes o psicotrópicos".
Este criterio fue sostenido por primera vez el 4 de noviembre de 2015 a propuesta del ministro Zaldívar y fue reiterado posteriormente en la resolución de otros amparos, y al existir cinco precedentes en el mismo sentido el criterio será obligatorio para todos los tribunales del país.
La decisión fue celebrada por la organización México Unido Contra la Delincuencia, que se ha pronunciado en contra del enfoque prohibicionista establecido en diversas disposiciones del marco legal vigente en materia de salud.
Mediante un comunicado, la organización señaló que las cinco decisiones judiciales confirman que "el modelo prohibicionista es inconstitucional y que México debe transitar hacia la regulación de las drogas para mejorar las condiciones de justicia y paz en el país".
"Desde ahora, ningún juez debe negar los derechos humanos de las personas usuarias de cannabis", afirmó el abogado de la organización Andrés Aguinaco, y explicó que la jurisprudencia obliga a todos los jueces a garantizar los derechos humanos de las personas que consumen cannabis.
Aguinaco dijo que a pesar de la jurisprudencia "es necesario que el Congreso de la Unión realice las modificaciones normativas correspondientes para derogar el modelo prohibicionista actual por resultar violatorio a los derechos humanos establecidos en la Constitución, en particular el derecho al libre desarrollo de la personalidad".

Desde ahora, ningún juez debe negar los derechos humanos de las personas usuarias de cannabis

El siguiente paso es que la Suprema Corte notifique su decisión al Legislativo a fin de iniciar el proceso de reforma y asegurar el respeto a los derechos de los usuarios, sin necesidad de que éstos acudan a los tribunales a solicitar un amparo.
En tanto, el actual titular de la Secretaría de Salud, José Narro, informó hoy que el próximo lunes el responsable de la Cofepris, Julio Sánchez y Tépoz, presentará los lineamientos en materia de control sanitario del cannabis y sus derivados, para cultivar, comercializar, vender en farmacias, consumir, exportar e importar
marihuana con fines medicinales y de investigación. 
Efe
Andrés Ruiz
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