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Ojo: lo que ya no podrá hacer el fin de año por el Código de Policía

Consumir licor en el espacio público acarrea una multa tipo 2, que equivale a 8 salarios mínimos diarios vigentes, es decir 196.720 pesos a la fecha.

Consumir licor en el espacio público acarrea una multa tipo 2, que equivale a 8 salarios mínimos diarios vigentes, es decir 196.720 pesos a la fecha.

Foto:Federico Ríos / EL TIEMPO

No se puede exceder en el volumen en los festejos y tampoco consumir licor en la vía pública. 

Cerrar la cuadra para consumir licor en la calle con los vecinos, y poner música en el equipo a todo volumen durante toda la noche forman parte de las celebraciones de fin de año en todo el país, sin embargo, por el nuevo Código de Policía este tipo de conductas serán multadas. 
EL TIEMPO hizo un listado con las limitantes que impone la normativa, cuya vigencia comenzó en enero, aunque las sanciones son efectivas desde agosto. 

Sin ruido y consumo de trago en el espacio público 

Una multa de 196.720 pesos, que equivale a 8 salarios diarios vigentes, es la sanción que se le impone a quienes consumen licor en el espacio público, de acuerdo con el artículo 140 del nuevo Código de Policía.
Además no se puede cerrar calles, como se hace tradicionalmente en los festejos de fin de año, a menos que se cuente con una autorización de la autoridad competente según se señala en el artículo 54.  
Tampoco se puede dejar los equipos de sonido a todo volumen en los hogares, o en las cuadras durante las celebraciones, ya que esto podría afectar la convivencia como se estipula en el artículo 33. El incumplimiento de la norma conlleva a una sanción tipo 3, que equivale a una multa tipo 3, es decir  393.440 pesos. 

Sin pólvora y sin globos 

Si no se cuenta con el correspondiente permiso de la autoridad competente, no se puede quemar pólvora en la calle, elevar los tradicionales globos, y tampoco se podrán realizar quemas, lo que implica que no se le podría prender fuego al muñeco de año viejo, esto de acuerdo con los artículos 29 y 30 del Código. 
De hecho se señala que los espectáculos con juegos pirotécnicos solo los pueden autorizar las alcaldías, con un concepto previo de la Policía y de los Bomberos, y debe contar con un plan de contingencia. 
El incumplimiento podría acarrear una multa tipo 4, es decir 32 salarios diarios mínimos vigentes, unos 786.880 pesos. 

Lo más sancionado en 2017 

El consumo de licor con 6.352 registros al 24 de diciembre, el porte de armas (3.857 casos) y las riñas en la calle (2.951) son las conductas que atentan contra la convivencia que más ha sancionado la Policía en el país. 
Bogotá, Atlántico, Antioquia y el Valle del Cauca son las zonas del país en las que más se registraron casos de alteraciones a la convivencia, según datos de la misma entidad. 
Por una riña en la calle se tiene que pagar multas tipo 2 y 3, es decir 196.720 y  393.440 pesos correspondientemente. Pero además si se portan armas se le adiciona una multa tipo 2, es decir otros  196.720 pesos. 
JOSÉ DAVID RODRÍGUEZ
EL TIEMPO
Twitter: @ashissino85
davrod@eltiempo.com
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