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Investigación

José Elías Melo, condenado por caso Odebrecht

José Elías Melo Acosta, expresidente de Corficolombiana, en la audiencia de lectura del sentido de fallo.

José Elías Melo Acosta, expresidente de Corficolombiana, en la audiencia de lectura del sentido de fallo.

Foto:Rodrigo Sepúlveda. EL TIEMPO

Un juez lo encontró responsable por cohecho e interés indebido en celebración de contratos.

El expresidente de Corficolombiana José Elías Melo fue considerado este lunes culpable por el juez de conocimiento del caso del soborno por 6,5 millones de dólares que Odebrecht le entregó al exviceministro de Transporte Gabriel García Morales para la adjudicación del proyecto Ruta del Sol II.
Antes de anunciar la condena a Melo Acosta, el juez hizo un llamado de atención a la Fiscalía y a sus delegados para que en los procesos se haga una construcción de los hechos clara. Esto porque, dijo el juez, en el primer escrito de acusación se hizo una construcción deshilvanada de los hechos y esto no fue subsanado en la adición del escrito de acusación que se tornó “farragoso y anti técnico”.
Añadió que en el juicio fueron escuchados los exejecutivos de Odebrecht Luiz Antonio Bueno Junior, Luiz Antonio Mameri y Luiz Eduardo Da Rocha Soarez, quienes recibieron un principio de oportunidad de la Fiscalía.
Indicó que Bueno Junior dijo en el juicio que Melo Acosta sabía de las reuniones con el exviceministro de transporte Gabriel Ignacio García Morales, y del acuerdo para pagar el soborno de 6.5 millones de dólares. Y que esto fue ratificado por Mameri y Da Rocha Soarez, quienes aclararon que así se los hizo saber Bueno Junior, pero que no les constaba directamente.
Igualmente se refirió al testimonio del exviceministro García Morales, quien dio cuenta de las reuniones con Bueno Junior para acordar el pago del soborno para la adjudicación del tramo 2 de la Ruta del Sol y quien sostuvo que el exejecutivo del Brasil le insistió que Melo Acosta estaba enterado de los hechos.
Así mismo hizo referencia al testimonio que entregó a la Fiscalía el fallecido excontroller de la Concesionaria Ruta del Sol Jorge Enrique Pizano y que fue destapado en el juicio y consideró que en la declaración no se hace referencia a la participación de Melo Acosta en delitos.
El juez señaló que quedó demostrado que en los hechos se configuró el delito de cohecho, al evidenciar la existencia del ofrecimiento y posterior pago a García Morales, encargado del proceso de licitación de la megaobra.
Y le dio credibilidad al testimonio de Bueno Junior sobre el conocimiento que tenía Melo Acosta de los hechos y que no se puede decir que “Odebrecht obró solo”, como lo manifestó la defensa del exdirectivo.
Igualmente validó el testimonio de Mauricio Millán, quien sostuvo que le informó a Melo Acosta sobre la existencia de contratos sospechosos y que él autorizó los pagos.
“¿Será que José Elías Melo Acosta es ajeno al hecho?. No señor”, dijo el juez.
Y añadió que el dinero del soborno era una suma considerable y que “se hizo con conocimiento y anuencia de José Elías Melo Acosta”.
Sostuvo el juez que se usó un contrato con la empresa española DCS Management para compensar el pago del soborno que inicialmente fue pagado en su totalidad por Odebreht. Y que no se evidenció en el proceso la documentación que soporte esos giros al exterior.
“Ese contrato es de papel, ficticio o irreal”, indicó el juez.
Frente al delito de interés indebido en la celebración de contratos sostuvo el juez 14, que aunque Melo Acosta no era funcionario público para la época de los hechos y la Fiscalía no dejó clara la forma de su participación, si se evidenció en el juicio que su responsabilidad estaba comprometida.
Sostuvo que el interés de Melo Acosta en el contrato era legítimo, pero que trasgredió las normas penales cuando se procedió al ofrecimiento del soborno.
"Las pruebas de la defensa no logran derruir la acusaciòn de la Fiscalía", indicò el juez
El juez consideró que Melo Acosta ha atendido todas las diligencias a las que ha sido llamado por la justicia y que por lo tanto puede estar en libertad, con una restricción para salir del país

La Fiscalía pide condena de 11 años y un mes de cárcel

Al hablar sobre la condena que pide para Melo Acosta, la Fiscalía dijo que el delito de cohecho tiene una pena de cárcel de 48 a 108 meses y el de interés indebido en la celebración de contratos, de entre 64 a 216 meses.
El delegado de la Fiscalía afirmó que el exdirectivo no tiene antecedentes penales, por lo que la pena no debe partir de la sentencia más alta, pero que Melo Acosta tenía una posición distinguida y por ello se tendría que agravar la condena.
Así las cosas,  la Fiscalía dijo que su pena tendría que ir entre los 76 meses y los 133 meses de prisión.
Igualmente sostuvo que se le debe aplicar una sanción de multa de entre 93 y 185 salarios mínimos legales y una inhabilitad para ejercer cargos públicos de 136 meses.
El fiscal sostuvo que Melo Acosta no cumple con los requisitos para acceder a la casa por cárcel o la suspensión de la pena, por lo que debería cumplir la sentencia que impondrá el juez en un centro carcelario.
A su turno el delegado de la Procuraduría consideró que el juez debe tener en cuenta el daño ocasionado con los comportamientos de los que fue encontrado responsable Melo Acosta y que afectaron “la imagen, la autoestima y la misma razón de ser de la sociedad colombiana”.
Por esto, dijo el delegado del Ministerio Público, la sentencia “debe enviar un mensaje a la sociedad”.
Y finalmente la abogada de Melo Acosta aseguró que el exdirectivo tiene más de 60 años, es cabeza de su núcleo familiar y no tiene antecedentes penales.
Pidió que se tengan en cuenta esos factores para fijar la pena y que además solo se valore la sentencia por su último cargo y no por toda su trayectoria profesional como lo pretende la Fiscalía.
Añadió que no se puede caer en el “populismo punitivo” al imponer una pena alta, como se ha registrado en otros casos.
Igualmente pidió que Melo Acosta pueda cumplir su  pena en la cárcel La Picota de Bogotá.
El juez citó para el 29 de abril una nueva audiencia para proferir la sentencia contra el exdirectivo.
REDACCIÓN JUSTICIA @PazyJusticiaET
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