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Delitos

Otros congresistas cuya elección también anuló el Consejo de Estado

Sofía Alejandra Gaviria Correa, del Partido Liberal Colombiano, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, del Partido Centro Democrático Mano Firme Corazón Grande, y Teresita García Romero, del Partido Opción Ciudadana.

Sofía Alejandra Gaviria Correa, del Partido Liberal Colombiano, Honorio Miguel Henríquez Pinedo, del Partido Centro Democrático Mano Firme Corazón Grande, y Teresita García Romero, del Partido Opción Ciudadana.

Foto:EL TIEMPO, Centro Democrático y Senado

Sofía Alejandra Gaviria, Teresita García Romero y Honorio Henríquez, algunos que dejaron su curul.

La anulación de la elección de un congresista, como le acaba de ocurrir al senador de Alianza Verde Antanas Mockus en el Consejo de Estado, es una decisión que ha afectado a otros legisladores. 
Los casos más recientes ocurrieron a comienzos del año pasado, a tres meses efectivos de que terminaran las funciones del anterior Congreso. En ese entonces el Consejo de Estado tumbó las  elecciones de Sofía Alejandra Gaviria, del Partido Liberal (hoy embajadora del Gobierno Duque en Suiza); Teresita García Romero, del partido Opción Ciudadana, y Honorio Henríquez, del Centro Democrático.
En su lugar tomaron posesión de los cargos Alexandra Moreno Piraquive, Manuel Antonio Virgüez Piraquive y Carlos Alberto Baena López, todos ellos del Movimiento Independiente de Renovación Absoluta (Mira).
El Consejo de Estado señaló para esos casos que  en el proceso electoral del 2014 hubo irregularidades en el escrutinio de votos del 50 por ciento de las mesas de votación del país.
“Al darse cumplimiento a una tutela que ordenó el recuento de votos, se logró probar una injusta disminución en la votación del Movimiento Mira, cuya causa fue la utilización de plumones que no eran de secado rápido, lo que originó que al doblar el tarjetón se produjera una doble marcación, lo que convirtió sus votos en nulos”, señaló el fallo de 700 páginas del Tribunal que agrupó demandas contra otras nueve curules.
En ese proceso, también se encontraron irregularidades en el software utilizado para el conteo de votos y la pérdida de otro material.
En el 2014, el Movimiento Mira estuvo cerca de perder su personería jurídica porque solo alcanzó tres cupos en la Cámara de Representantes. 
También, el Consejo de Estado, ha sacado de su cargo a congresistas pero no por la nulidad de la elección sino mediante otro famoso proceso, el de pérdida de investidura. Más de 50 congresistas han tenido que abandonar sus sillas en el capitolio que la Constitución de 1991 creo esta figura.

Otros altos funcionarios que perdieron su cargo

No solo los políticos han sido tocados por el Consejo de Estado, también otros altos funcionarios de la nación.
En 2012, el Consejo de Estado sacó de su cargo a la entonces fiscal general Viviane Morales (hoy embajadora del gobierno Duque en Francia). El alto tribunal anuló el acto administrativo en el cual se eligió por parte de la Corte Suprema a la fiscal Morales pues consideró que este no cumplía con lo establecido en la ley.
"El acto de elección viola leyes superiores y por lo tanto está afectado de nulidad", señaló entonces el magistrado Gustavo Gómez. 
Incluso magistrados de altas cortes han tenido que abanadonar sus cargos por decisión del Consejo de Estado. Esto le sucedió en 2014 al expresidente del Consejo Superior de la Judicatura, Francisco Ricaurte, y a Pedro Munar, entonces presidente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura. 
Con esas decisiones, el Consejo de Estado cuestionó la práctica conocida como la ‘puerta giratoria’.
La Sala Plena del Consejo de Estado decidió, anular esas elecciones pues quedó probado que ellos intervinieron en la elecciones de quienes luego los postularon para ocupar un cargo en el Consejo Superior de la Judicatura. 
Como en el caso Ricaurte, Munar hizo parte de la Corte Suprema de Justicia e intervino en la elección de al menos 14 miembros de esa corporación, quienes, a su vez, lo llevaron a la Judicatura. Así, Munar habría incurrido en la práctica ‘yo te elijo, tú me eliges’.
Los magistrados acogieron el argumento de que durante este tipo de elección se transgredió al artículo 209 de la Constitución, que plantea que la función administrativa debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad y de moralidad, y el 255, que plantea que los miembros de la Judicatura “no podrán ser elegidos entre los magistrados de las mismas corporaciones”.
Como lo habían señalado al resolver la situación de Ricaurte, los consejeros condenaron la concentración de poder en unos pocos, lo que a su vez, señalaron, dio lugar a “prácticas indebidas de conflicto de intereses y clientelismo”.
JUSTICIA
@PazyJusticiaET
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