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Cortes

Desacatar medidas de protección a mujeres conlleva multas o arrestos

Según el informe, entre enero y agosto 28 de 2016, han sido asesinadas 21 mujeres en Medellín.

Según el informe, entre enero y agosto 28 de 2016, han sido asesinadas 21 mujeres en Medellín.

Foto:Agencia EFE

Corte Suprema confirmó sanción contra hombre que desacató medida de protección a su esposa. 

Milena Sarralde
La Corte Suprema de Justicia advirtió que desacatar las medidas de protección a favor de la pareja que está siendo víctima de agresiones verbales y físicas puede llevar a que esa persona procesada tenga que pagar una multa y, en caso de no hacerlo, ir a prisión. 
Así el alto tribunal reiteró que desacatar dichas medidas de protección trae consecuencias económicas y el arresto. 
El caso estudiado por la Corte fue una multa que la Comisaría Octava de Familia de Bogotá impuso el 4 de noviembre del año pasado contra un hombre. Esa multa fue confirmada el 2 de diciembre por el Juzgado Noveno de Familia, y consistió en el pago de 4 salarios mensuales legales, unos 2.757.816 miillones de pesos que, de no ser pagados, llevarían al arresto del victimario. 
El hombre señalado de maltrato interpuso una tutela para evitar el pago de la multa, argumentando que la sanción era "exorbitante" y que no tenía ingresos estables para poder pagarla. También dijo que había actuado en "legítima defensa".
La tutela fue rechazada por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema, quien señaló que el sancionado, además de confesar su comportamiento, tuvo la oportunidad de presentar sus descargos durante el trámite administrativo en el que se le impuso la sanción. Por esto la Corte dice que la multa no corresponde a un capricho de los funcionarios judiciales. 
"Se pone de presente que el desacato a las medidas de protección a favor de la mujer que solicita amparo por parte del Estado, trae como consecuencia sanciones, multas e incluso arrestos a los victimarios; dichas cautelas tienen como fin evitar que la doliente padezca los efectos psicosociales de la revictimización, reviva los hechos, las experiencias y la violencia a la que fue sometida", dice la sentencia.

Las multas buscan prevenir que esas situaciones lamentables concluyan en un feminicidio”.

La Corte también afirma que esas multas buscan prevenir "en casos extremos, pero desafortunadamente reiterados en el entorno nacional en los últimos tiempos, que esas situaciones lamentables concluyan en un feminicidio”.
Por eso el alto tribunal asegura que las medidas de protección "deben prevalecer en la justicia colombiana para exterminar la violencia contra la mujer, máxime cuando el lugar habitacional de ésta, verbigracia, su hogar, no puede convertirse en el sitio más peligroso para ella, en contra de su bienestar emocional y físico”, agrega el fallo.
Frente al argumento de la legítima defensa, la Sala advierte que debe ser analizado a la luz de la reciente jurisprudencia de la Corte Constitucional que enfatiza que la existencia de agresiones mutuas entre la pareja hacen parte del contexto de violencia estructural contra la mujer.
JUSTICIA
Milena Sarralde
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