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Cortes

Reforma de la justicia arranca con peros de dos altas cortes

Las Ministras del Interior (i) y de Justicia (d) radicaron el proyecto de ley de Reforma a la Justicia en el Senado

Las Ministras del Interior (i) y de Justicia (d) radicaron el proyecto de ley de Reforma a la Justicia en el Senado

Foto:Ministerio de Justicia

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Proyecto plantea ordenar la acción de tutela y castigos severos al tráfico de puestos en la justicia

El décimo gran intento para reformar el Poder Judicial en el país, que fue radicado ayer por las ministra de Justicia, Gloria María Borrero, y del Interior, Nancy Patricia Gutiérrez, fue recibido con críticas por parte de algunos magistrados de la Corte Suprema de Justicia y la Constitucional.
El proyecto trae cambios fundamentales para depurar el manejo de las altas cortes, también puntos clave para superar los líos de credibilidad que afectan a las mismas, tras escándalos como el ‘cartel de la toga’ y también propone reformas para organizar la tutela. Sin embargo, varios de los puntos generaron controversia.
Este proyecto, que tiene tres ejes fundamentales: transparencia, eficiencia y calidad en la administración de justicia y seguridad jurídica, no logró un consenso mayoritario con las cortes, a pesar de que el Consejo de Estado lo ha respaldado.
Frente a esto, la ministra de Justicia aclaró que esta es una “reforma clave para el país” y que el proyecto fue conversado e informado a las cortes, pero que el objetivo no era que fuera consensuado.
Las quejas de los magistrados se han enfocado en los cambios que traería la reforma en cuanto a requisitos para ejercer ese cargo, por ejemplo, aumentar la experiencia mínima a 20 años de ejercicio profesional, 5 de los cuales deben ser dentro de la Rama Judicial, dejando por fuera, a juicio de magistrados de las Cortes, a personas que han llegado del sector académico.
Por otro lado, para asegurar la probidad en la justicia, dice el proyecto, se plantea que la única función electoral que se debe conservar en las cortes, específicamente en la Suprema de Justicia, sea la del fiscal general por ser el suyo un cargo claramente judicial.
Las cortes perderían así la posibilidad de ternar candidato a la Procuraduría (hoy las ternas las hacen la Corte Suprema, el Consejo de Estado y Presidencia, y elige el Senado); y tampoco elegirían auditor ni registrador. Esto quedaría en manos del Congreso.
Y si bien algunos sectores como en el Consejo de Estado están de acuerdo con que se les quiten a los altos tribunales las funciones electorales, magistrados de la Suprema y la Corte Constitucional consideran que esas elecciones no tendrán más garantías en el Congreso, “en donde hay fuertes intereses políticos”.
De hecho, en una entrevista con CM&, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, José Luis Barceló, aseguró que el problema no es que les quiten esas facultades sino que si eso sucediera “¿en manos de quién queda la elección de esos funcionarios?, y en cuanto atañe al fiscal general, la corte en eso sí no da tregua y es que quiere mantener esa facultad”.
Uno de los puntos más polémicos que trae el proyecto es que para superar la demora en las elecciones que realizan las cortes o los llamados ‘bloqueos institucionales’ (como el que mantuvo enredada por más de un año en la Corte Suprema la elección de fiscal general en el gobierno Uribe, o la que hay actualmente con la elección de los nuevos magistrados de instrucción y primera instancia de la Sala Penal) se regulen por ley las mayorías y el quórum para elegir. En el caso del Fiscal, que es elegido por la Corte Suprema de una terna enviada por el presidente, la reforma plantea que si su proceso de elección supera un mes, este será designado por el propio jefe de Estado.
El proyecto también dice que los periodos del procurador, el auditor general y el fiscal serán institucionales y no personales, en este último se plantea volver al diseño original de la reforma del 91, pues pone a coincidir los periodos del fiscal general con el del presidente (hoy no es así por diversos motivos).
De esta manera, un gobierno garantizaría que el fiscal que postuló estará en el cargo solo por su cuatrienio.
Ante temores de que esto le daría al mandatario de turno “un fiscal de bolsillo”, la ministra Borrero respondió que dado que el presidente y el fiscal son las dos cabezas de la política criminal en el país, es lógico que sus periodos coincidan.
Otro punto clave es la prohibición, so pena de pérdida del cargo, de una práctica extendida en la justicia: la recomendación de allegados y familiares para que ocupen cargos en órganos de control o la Rama Ejecutiva. Sus parientes no pueden trabajar en órganos cuyos titulares hayan designado, dice el proyecto. Además, la reforma les quita la posibilidad de litigar “directa o indirectamente ante su jurisdicción o postularse a cargos de elección popular, dentro del término de 4 años”.

Mientras a algunos altos exfuncionarios los nombran en cargos altos tras salir de sus funciones de poder, a los magistrados nos obligan a estar como profesores o nos apartan de la vida pública

“Mientras a algunos altos exfuncionarios los nombran en cargos altos tras salir de sus funciones de poder, a los magistrados nos obligan a estar como profesores o nos apartan de la vida pública, o nos tratan como si tuviéramos una enfermedad contagiosa”, afirmó un magistrado.

Regulación a la tutela

Otro de los puntos que causó controversia tiene que ver con la regulación que plantea el proyecto a la tutela, especialmente contra decisiones judiciales.
Algunos magistrados consultados sienten que esto sería un grave recorte al derecho a la tutela. “Si alguien no está de acuerdo con un fallo de tutela, y no lo hace saber en los 30 días siguientes, su caso se queda por fuera de cualquier revisión. Esto va en contravía de la realidad del país y de las razones por las que se presentan tutelas a destiempo”, dijo un magistrado.
Al respecto, la viceministra de Promoción a la Justicia, Juanita María López, aseguró que el tiempo para presentar la tutela se definirá en la ley estatutaria. Por otro lado, dijo que proponen que la tutela no se pueda interponer en cualquier momento “porque eso está generando una inseguridad jurídica absoluta. Si la tutela tiene la naturaleza cautelar e inmediata, ¿por qué se presentan tutelas después de años de haberse vulnerado el derecho?”, afirmó.
También aclaró que el proyecto deja la posibilidad de ejercer la tutela solo a personas legitimadas, que puede ser cualquier ciudadano, en el sentido de que “solo podrá ejercer la tutela quien tenga la titularidad del derecho, quien en realidad sea el afectado”.

Puntos claves

1. Cambios en la tutela
El proyecto le fija límite de tiempo a la presentación de esos recursos. El juez del caso debe ser de la especialidad del asunto objeto de amparo y se regulan las tutelas contra providencias judiciales.
2. La suerte de la Judicatura
Se pretende eliminar el Consejo Superior de la Judicatura. Sus funciones, coordinación y administración de la Rama Judicial la asumirían otras dos comisiones y una dirección general.
3. Acelerador a procesos electorales
Se busca evitar que la elección de magistrados tenga retrasos. Y en el caso del fiscal incluso plantea que si el proceso tarda más de un mes, ese cargo será nombrado por el presidente de la República.
4. Endurecimiento  de inhabilidades
Después de dejar el cargo, los magistrados no pueden litigar ante su jurisdicción durante cuatro años. Tampoco pueden postularse a cargos de elección popular en el mismo término.
5. Cualidades más exigentes para aspirar
Se aumentan los requisitos para ser magistrado y se les prohíbe, so pena de perder su cargo, recomendar a sus allegados para ocupar puestos en órganos de control o en la rama Ejecutiva.
JUSTICIA 
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