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Cortes

Corte Suprema confirmó primera sentencia impugnada con nuevas reglas

En una sola de las demandas, las supuestas víctimas son 350.000 personas.

En una sola de las demandas, las supuestas víctimas son 350.000 personas.

Foto:Martín García

Alto tribunal estudió caso de exalcalde de Arjona, Bolívar, condenado por parapolítica.

Al dejar en firme una condena de 90 meses de cárcel y una multa de 6.500 salarios mínimos mensuales contra Carlos Manuel Tinoco, exalcalde de Arjona, Bolívar, la Corte Suprema de Justicia resolvió por primera vez una impugnación contra un fallo condenatorio que había agotado todas las instancias, incluida la de casación (la cua es la última).
La posibilidad de impugnar la primera sentencia condenatoria surgió en el 2018, con el acto legislativo 01 que también creó la doble instancia para aforados.
El proceso contra Tinoco comenzó en el 2010, cuando la Fiscalía lo acusó como coautor de concierto para delinquir agravado para promover y financiar a paramilitares.
En la costa Caribe, las autodefensas hicieron presencia con el bloque Héroes de Montes de María y el frente Canal del Dique, comandado por alias Juancho Dique, con quien Tinoco tuvo “una especial alianza (...), el uno representando el poder político en un sitio signado por el conflicto entre grupos al margen de la ley y el otro, el poder ilegítimo de un sector de grupos ilegales”, según registros judiciales.
De acuerdo con el alto tribunal, dentro de esa confabulación, el exalcalde asistió a reuniones en donde “se dio a conocer el proyecto paramilitar para cooptar al Estado y el programa ‘político’ de las autodefensas (…) y colaborara en la financiación de las actividades ilícitas de esa organización delincuencial, cuando no con favores personales a los líderes de esa banda criminal”.
Tanto el Juzgado Único Penal Especializado de Cartagena como el Tribunal Superior de esa ciudad absolvieron a Tinoco, pero la Procuraduría y la Fiscalía demandaron esa última decisión, y en noviembre del 2018 la Corte Suprema condenó, en casación, al exalcalde. Él impugnó la condena diciendo que la Corte valoró equivocadamente las pruebas y fue desacertada en su decisión.
El exfuncionario incluso dijo que no había pruebas de que haya entregado plata a los paramilitares ni de su propio patrimonio ni del erario, así como tampoco de beneficios concedidos a los mismos, y que todo fue una conspiración en su contra.
En el fallo que resolvió la impugnación, la Corte reafirmó que hay pruebas de los vínculos entre los ‘paras’ y el exalcalde de Arjona, así como testimonios que sustentan que sí aportó dinero mensualmente para el sostenimiento del grupo armado comandado por ‘Juancho Dique’ e incluso concedió beneficios como becas de estudio a familiares de este jefe paramilitar en una universidad que él fundó y dirigían sus hijos.

Dando muestras de una amistad que ahora debe interpretarse en su real magnitud e ilegalidad

Para el alto tribunal, está probado que la asistencia del exalcalde a la reunión en la que se presentó el 'proyecto político de las autodefensas' no fue contra su voluntad,  pues hay testimonios que relatan cómo 'Juancho Dique' iba a la Alcaldía y Tinoco hablaba con él y de él no bajo intimidación sino “dando muestras de una amistad que ahora debe interpretarse en su real magnitud e ilegalidad, por fuera de los ilícitos convenios entre sectores de la clase política y el paramilitarismo que actualmente se conocen”.
Por ello, para la Corte es claro que Tinoco "se concertó con las autodefensas del Bloque Hérores de Montes de María para promover y financiar ese tipo de organizaciones ilegales”. Por lo que la Sala de Impugnación de la Corte Suprema de Justicia confirmó la sentencia condenatoria que había emitido en primer momento la Sala de Casación Penal de ese mismo alto tribunal.
JUSTICIA
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