¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Cortes

'Guerrilleros amnistiados, obligados con verdad y reparación': Corte

En este proceso están impedidos la magistrada Cristina Pardo y Antonio José Lizarazo.

En este proceso están impedidos la magistrada Cristina Pardo y Antonio José Lizarazo.

Foto:Corte Constitucional

Reproducir Video

Sentencia deja a salvo la ley de amnistía e indulto, pero impone condiciones.

El hecho de haber sido beneficiados con las amnistías e indultos del proceso de paz no les quita a los antiguos miembros de la guerrilla de las Farc la obligación de contribuir a la reconstrucción de lo que pasó durante el conflicto armado y de aportar para la reparación de las víctimas. 
Ese es uno de los apartes más importantes de la decisión tomada este jueves por unanimidad en la Corte Constitucional y que declaró exequible la ley de amnistía e indulto para las Farc que fue aprobada por el Congreso el año pasado.
Aunque el alto tribunal deja en manos del Congreso de la República la reglamentación de las sanciones para quienes incumplan esos compromisos –incluso podrían ser castigados con la pérdida de los beneficios de la justicia alternativa y el consecuente regreso a prisión–, sí deja en claro que quienes pretendan hacerles conejo a las obligaciones adquiridas en el proceso de paz no quedan blindados.
La sentencia establece que el compromiso de contribuir a los derechos de las víctimas es una condición de acceso al sistema de justicia alternativa, por lo que los beneficiarios de indultos y amnistías tienen que comparecer cuando sean requeridos tanto ante la Comisión de la Verdad como ante la Unidad de Búsqueda de Desaparecidos.
Los desmovilizados que han recibido amnistías, tanto las tradicionales (de iure, para delitos políticos como rebelión, sedición y asonada) como las ampliadas aprobadas por las normas de la JEP, serán al menos 4 mil. Unos 3.000 procesados por delitos graves sí tendrían que comparecer ante la JEP.
“En principio, las libertades son definitivas, pero el Congreso podrá determinar cuáles son las consecuencias de incumplir las condicionalidades del sistema y en qué condiciones o circunstancias el incumplimiento puede traer la pérdida de beneficios”, dijo el magistrado Alejandro Linares, presidente de la Corte Constitucional.
Aunque la sentencia, apoyada por los siete magistrados que estuvieron en la discusión, deja la esencia de la norma incólume, la Corte hizo un ajuste clave que evitará vacíos a la hora de definir quiénes tienen la obligación de comparecer ante los magistrados de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).
Así, eliminó en el artículo 23 la expresión “graves”. Esto porque las normas de paz establecen que solo los responsables de “graves crímenes de guerra” irían a la JEP. Los magistrados señalan que la expresión daba lugar a interpretaciones sobre cuáles conductas podían ser amnistiadas, en contravía con la normatividad tanto nacional como internacional que es clara en señalar que todo crimen de guerra es grave y sistemático.
“Crear la categoría graves crímenes de guerra sistemáticos generaba una falta de claridad sobre lo que ya está definido en el derecho internacional”, explicó la magistrada Diana Fajardo, ponente de la decisión.
Mientras el Congreso reglamenta el asunto, la JEP puede actuar con su reglamento interno, según determinó la Corte.
Otro ajuste fue que el reclutamiento de jóvenes menores de 15 años fue excluido como delito amnistiable si se cometió antes del 25 de junio del 2005. Así, si algún guerrillero reclutó niños menores de esa edad antes de esa fecha, deberá comparecer ante la JEP.
Frente a la conexidad del delito de narcotráfico la Corte mantuvo intacta la norma según la cual la Sala de Amnistía e Indulto de la JEP debe determinar si ese delito está o no asociado al conflicto. También se mantuvieron intactas las normas relacionadas con los beneficios para los agentes del Estado.
JUSTICIA
Justicia@eltiempo.com
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO