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Cortes

Incapacidad para tomar decisiones en la vejez debe probarse

El temor a envejecer está asociado a un conjunto de prejuicios y discriminaciones culturales y sociales frente a los ancianos.

El temor a envejecer está asociado a un conjunto de prejuicios y discriminaciones culturales y sociales frente a los ancianos.

Foto:123RF

La Corte Suprema marcó los límites de la incapacidad mental en personas mayores.

Andrea Morante
Las enfermedades y el grado de conciencia de una persona de edad avanzada no indican necesariamente que no sea apta para dar su consentimiento o voluntad en contratos y decisiones jurídicas. 
La Corte Suprema de Justicia estimó que para demandar una decisión que haya tomado una persona de la tercera edad se debe acreditar mediante pruebas que no tenía capacidad mental.
Según la Corte, el Código Civil tiene como principio general la “presunción de capacidad de ejercicio de toda persona natural y como excepción la incapacidad (discapacidad) en los casos señalados por el legislador”. Así, todo acto o contrato celebrado sin que previamente haya una declaración judicial “de interdicción de quien concurre a celebrarlo o a ejecutarlo es perfectamente válido”, dice el fallo.
La Corte señaló que para probar que una persona de la tercera edad no está consciente para tomar una decisión se deben acreditar dos pruebas: la primera es que se debe demostrar que ha habido una “perturbación patológica de la actividad psíquica que suprime la libre determinación de la voluntad”.
La segunda es que más allá de una psicosis o una enfermedad mental cualquiera, se debe probar que hay “un desarreglo de sus facultades psíquicas que por su gravedad impide que hubiera un consentimiento susceptible de ser tomado en cuenta como factor del respectivo acto jurídico”.
El caso se inició porque dos personas pidieron anular los actos jurídicos con los que un hombre de edad avanzada ( 90 años) y en precario estado de salud retiró unos dineros de una comisionista de bolsa.
Los hechos ocurrieron el 15 de julio del 2002, cuando el hombre tenía un tumor cerebral, neumonía y su capacidad de conciencia estaba disminuida, y les entregó parte de sus dineros en fondos de inversión a dos de sus familiares.
La suma transferida fue por 234 millones de pesos, y se dio después de que delegados de una notaría fueron hasta su vivienda para firmar los documentos.
Las dos personas que interpusieron la demanda son sobrinos de su esposa que aseguran que el hombre estaba gravemente enfermo y ya no podía tomar ninguna decisión. Incluso afirmaron que no pudo dar su firma, sino que la plasmó un tercero. Para los demandantes, era claro que la comisionista de valores pecó al transferir los dineros “sin verificar las condiciones de incapacidad de su cliente”.
La Corte consideró que en este caso, la voluntad no estuvo viciada por ninguna discapacidad mental, y que aunque estaba muy enfermo y sus capacidades estaban disminuidas, esto no implica que “la instrucción no se haya dado”.
JUSTICIA
Andrea Morante
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