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Cortes

Paternidad por inseminación: Corte decide cuándo es impugnable

En Portugal los papás tienen 20 días para estar con sus hijos.

En Portugal los papás tienen 20 días para estar con sus hijos.

Foto:123rf

Para el alto tribunal es irrelevante si existe o no una coincidencia de ADN o biológica con hijos.

Diana Rincón
Para impugnar la paternidad en los casos de inseminación artificial es irrelevante si existe o no una coincidencia de ADN o biológica con los hijos. Lo que se debe demostrar es que no hubo una autorización en el proceso de reproducción asistida, o que hubo un vicio en el trámite.
Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia al estudiar una demanda de los parientes de un hombre contra dos menores de edad que fueron reconocidas como sus hijas extramatrimoniales.
Para la Corte es claro que cuando la pareja da su consentimiento informado y previo para que la mujer quede embarazada mediante las técnicas de inseminación artificial, el hijo concebido de esa forma se presume que tiene por padres a los cónyuges o compañeros, sin importar de quién sea la muestra de esperma utilizada.
Una de las menores fue concebida en el 2001 por inseminación artificial y el padre falleció ocho años después, pero tras su muerte, los hijos matrimoniales del hombre impugnaron el reconocimiento de paternidad afirmando que hay vacíos en la regulación de este procedimiento.
Además señalaron que la niña fue fecundada con el semen de un donante anónimo, lo que demostraba que no pudo existir una relación biológica entre el padre y la niña.

Así lo determinó la Corte Suprema de Justicia al estudiar una demanda de los parientes de un hombre contra dos menores de edad que fueron reconocidas como sus hijas extramatrimoniales

La Corte le dio la razón al tribunal que, en primera instancia, estableció que si bien no hay leyes que regulen la inseminación artificial, hay una resolución de 1993 que establece que para la fertilización artificial se requiere obtener el consentimiento informado de la mujer y de su cónyuge o compañero.
La Corte asegura que se encontró que hubo un consentimiento y que en dicho documento el progenitor indica que “este producto de la concepción es de mi paternidad en cualquier situación en que me pueda encontrar”. También hay una declaración ante un notario en el que se muestra que convivió por siete años con la madre.
JUSTICIA
Diana Rincón
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