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Cortes

Corte revisa tutela de Peñalosa contra el Consejo Nacional Electoral

El alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa.

El alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa.

Foto:Cortesía Alcaldía de Bogotá

Según el Alcalde, se violaron sus derechos al no poner reglas para procesos de revocatoria.

Milena Sarralde
Este jueves, la Sala Plena de la Corte Constitucional revisará una tutela que presentó el alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa, contra el Consejo Nacional Electoral (CNE) por el proceso de revocatoria de su mandato. 
La tutela fue escogida por el alto tribunal el 14 de septiembre de 2017. El Alcalde Mayor de Bogotá presentó este recurso afirmando que el CNE le había vulnerado sus derechos al debido proceso, de defensa y a ser elegido. También dijo que se violaba su derecho a la representación efectiva de los 903.764 bogotanos que respaldaron su elección.
Según el alcalde, el CNE violó esos derechos al omitir "dar cumplimiento al deber impuesto en la Carta Política de reglamentar la actividad electoral y establecer reglas en las actuaciones administrativas que resuelven las iniciativas ciudadanas para promover la revocatoria de mandato de los alcaldes". 
Para Peñalosa, el CNE no fijó reglas de juego sobre qué se debe tener en cuenta para las revocatorias, y dijo que la Registraduría Distrital del Estado Civil también vulneró sus derechos porque "permitió la inscripción de tres campañas de revocatoria del mandato, sin constatar que la exposición de motivos estuviera soportada en elementos probatorios que permitieran establecer el incumplimiento de su plan de gobierno".
La ponencia de la tutela la tiene la magistrada Gloria Ortiz. Aunque el proyecto de fallo estaba a cargo del magistrado Antonio José Lizarazo, el alto tribunal aceptó su impedimento para conocer el caso teniendo en cuenta que antes de ser magistrado de la Corte tuvo una conversación informal con Peñalosa en la que hablaron de su revocatoria.
El magistrado dijo que estaba impedido ya que "la imparcialidad del juez constituye un presupuesto esencial del derecho al debido proceso, en particular tratándose de una controversia tan sensible socialmente y que vincula en su trámite a partes con intereses opuestos”.
JUSTICIA
Milena Sarralde
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