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Cortes

Consejo de Estado condena a la Nación por atentado al Club El Nogal

El atentado al club El Nogal ocurrió el 7 febrero de 2003, cuando las Farc explotaron un carro bomba en el estacionamiento del lugar con más de 200 kilogramos de explosivo C-4 y amonio. La explosión cobró la vida de 36 personas y dejó 200 más heridas.

El atentado al club El Nogal ocurrió el 7 febrero de 2003, cuando las Farc explotaron un carro bomba en el estacionamiento del lugar con más de 200 kilogramos de explosivo C-4 y amonio. La explosión cobró la vida de 36 personas y dejó 200 más heridas.

Foto:Miguel Menéndez

El alto tribunal dijo que el Estado debía tomar medidas para garantizar la seguridad.

Milena Sarralde
El Consejo de Estado condenó a la Nación por el atentado al Club el Nogal, cometido en el 2003 por las Farc, y que dejó 39 muertos y 198 heridos. 
Según el alto tribunal, el Estado es responsable administrativa y patrimonialmente por "la muerte y lesiones ocasionadas por la explosión de un carro bomba en las instalaciones" de este exclusivo Club. 
Para el Consejo de Estado, en este atentado la Nación, representada por la Fiscalía, el DAS, el Ministerio de Defensa, del Interior y la Policía, incumplió sus obligaciones de prevención, seguridad y protección a la población, pues esas instituciones se abstuvieron "de dar pronto trámite y verificación a la información recibida acerca de la inminencia de un atentado terrorista de gran magnitud en el norte de la capital de la República". 
El fallo dice que habían sido señaladas las instalaciones del club como un posible blanco de un atentado, por lo que el Estado debía prevenir cualquier riesgo. 
La decisión, tomada por la subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado, revocó una decisión con la que el Tribunal Administrativo había negado las pretensiones de reparación de las víctimas. 
Según la Sala, la población civil "no debía ser expuesta por las entidades demandadas, dado que quedó establecida la utilización de las instalaciones del club privado con fines institucionales". 
El Consejo de Estado dice que ese riesgo se generó porque en el Club se hicieron reuniones de altos funcionarios del Estado, auspiciadas por el Ministerio del Interior, y además de comprobó "la pernoctación de la ministra de Defensa de la época (Martha Lucía Ramírez) en el lugar donde se produjo el ataque".
Para la Corte, estos hechos crearon un riesgo que debía ser prevenido. Esto porque el país se encontraba en una difícil situación de orden público que "obligaba a las autoridades a extremar medidas para garantizar la seguridad y protección debida a la población civil". 
Ante esta decisión, el Estado debe indemnizar los perjuicios morales y materiales que sufrieron las víctimas. Así, como medida de reparación, se ordenó la instalación de una obra de arte cerca de la zona afectada por el atentado, previo un proceso acordado con los familiares de quienes murieron y las personas que resultaron heridas en ese hecho. Esa obra debe ser entregada en un acto de desagravio público. 
El fallo será enviado al Centro de Memoria Histórica y a la Jurisdicción Especial para la Paz, así como a la Comisión de la Verdad. 
JUSTICIA
Milena Sarralde
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