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SIC pidió liquidar y volver a licitar la Ruta del Sol II

Según la ANI, la construcción del proyecto debería finalizar en febrero de este año, pero su avance va en el 52,7 por ciento.

Según la ANI, la construcción del proyecto debería finalizar en febrero de este año, pero su avance va en el 52,7 por ciento.

Foto:Archivo / EL TIEMPO

La entidad dice que hay evidencia de que se direccionó el proceso, contra la libre competencia.

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ordenó este jueves a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) suspender los efectos legales de la licitación pública de la concesión Ruta del Sol II.
Se trata de la concesionaria Ruta del Sol S. A. S., de la cual forma parte el grupo brasileño Odebrecht, con 62 por ciento.
La SIC pide liquidar el contrato y abrir una nueva licitación para restablecer la libre competencia económica.
Con base en las pruebas que obran en el expediente de una investigación, la entidad halló que durante el proceso de licitación, Gabriel Ignacio García Morales, entonces viceministro de Transporte y gerente general encargado del Instituto Nacional de Concesiones (Inco), asesoró a un funcionario de una empresa vinculada con la brasileña, que conformó la concesionaria que luego resultó adjudicataria de la vía. (Lea también: Piden revisar 'cosas extrañas' en actuar de árbitros de Ruta del Sol 2)
“Además, existen múltiples evidencias sobre la forma como dicho funcionario habría direccionado el proceso licitatorio con el fin de favorecer la propuesta de dicha empresa, y así falsear la libre competencia económica en el proceso contractual, en desmedro de las otras propuestas presentadas”, agrega la SIC en un comunicado.
El funcionario habría ejecutado dichas irregularidades a cambio de un soborno pagado por Odebrecht por 6,5 millones de dólares, hecho que fue reconocido, aceptado y confesado tanto por García Morales como por el grupo extranjero.
En una rueda de prensa, el superintendente, Pablo Felipe Robledo, manifestó: “Teniendo en cuenta que los recursos con los cuales se financian los contratos adjudicados por el Estado (compras públicas de bienes y servicios) son de carácter público, las consecuencias de una restricción indebida de la competencia en el marco de estos procesos de selección son particularmente graves (mucho más graves), pues se presentan sobrecostos y pérdidas irrecuperables de recursos públicos que terminan por desfinanciar otras inversiones que el Estado debe realizar, lo cual a su vez representa lesiones importantes en bienestar social, desarrollo económico y eficiencia económica”.
El funcionario agregó que la protección de la libre competencia en los procesos de selección contractual del Estado (compras públicas) es facultad legal de su despacho.
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