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Ordenan suspender consulta popular de Pasca, Cundinamarca

La mala interpretación del artículo 103 de la Constitución puede repercutir en el abastecimiento de hidrocarburos. Archivo /

La mala interpretación del artículo 103 de la Constitución puede repercutir en el abastecimiento de hidrocarburos. Archivo /

Foto:Yanitza Fontalvo / EL TIEMPO

La decisión temporal la tomó el Consejo de Estado en respuesta a tutela interpuesta por Acipet.

A través de un oficio, el lunes el Consejo de Estado ordenó la suspensión temporal de la consulta popular organizada por el municipio de Pasca, Cundinamarca, para que sus habitantes decidan si permiten en su jurisdicción las actividades de exploración, producción y transporte de hidrocarburos.
La Asociación Colombiana de Ingenieros de Petróleos (Acipet), que interpuso una tutela ante la Corporación, dijo que esta consideró que cuando el Tribunal Administrativo de Cundinamarca declaró constitucional el texto de la pregunta, lo hizo sin analizar su contenido de manera delicada y precisa, según los parámetros establecidos para este fin por la Corte Constitucional.
Según el documento que ordena suspender la consulta, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca “no realizó un análisis estricto de la redacción (…) de la pregunta, que le permitiera establecer con certeza si, como lo manifiesta el actor, esta resultaba genérica o no, al incluir actividades necesarias para el desarrollo de la población como lo es, entre otros, el transporte de hidrocarburos”.
Además, se les ordenó al Ministerio de Ambiente, al Ministerio del Interior, a la Unidad de Parques Nacionales Naturales, al Instituto de Investigación de Recursos Biológicos Alexander Von Humboldt y a la Contraloría General de la República remitir copia de los avances, cronogramas y actividades a ejecutar en la construcción de la investigación científica y sociológica respecto a los impactos de la actividad minera en los ecosistemas del territorio colombiano, en el marco de la mesa de trabajo conformada por orden de la Corte Constitucional, en sentencia T-445 del 2016.
Tras la decisión, Acipet les reiteró la invitación a los dirigentes regionales, a los alcaldes del país y a las comunidades para desarrollar jornadas de reflexión y pedagogía sobre las características, ventajas y buenas prácticas de la industria de petróleo y gas, en lo técnico, económico, socio-ambiental y legal-regulatorio, con el único objetivo de beneficiar a todos los colombianos en materia de desarrollo económico y social.
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