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Finanzas Personales

Retefuente en el 2017 aplicaría a los salarios desde 4'476.221 pesos

Se evalúa ampliar la base de contribuyentes que aportan el impuesto de renta.

Se evalúa ampliar la base de contribuyentes que aportan el impuesto de renta.

Foto:Archivo / EL TIEMPO

Unidad de Valor Tributario (UVT) con la que se calculan los pagos a la Dian sería de 31.859 pesos.

Por cuenta de la inflación alta, en el 2017 muchos colombianos podrían salir de la lista de contribuyentes a los que les aplican mensualmente la retención en la fuente para empleados.
Es el panorama que se vislumbra, tras el cálculo preliminar que indica que este impuesto anticipado (que es acumulativo para sumar a lo que el contribuyente pagará en impuesto de renta en el año) se aplicará a partir de salarios básicos mensuales superiores a 4’476.221 pesos.
Esto, debido a que la Unidad de Valor Tributario (UVT), cuyo monto oficial deberá expedir la Dian antes de finalizar el año, sería de unos 31.859 pesos.
Se trata de uno de los incrementos más altos en este valor en los últimos tiempos, toda vez que su cálculo se hace a partir de la inflación para ingresos medios de los últimos doce meses acumulados hasta el primero de octubre de este año, el cual, según los recientes datos del Dane, fue de 7,08 por ciento.
De esta forma, y teniendo en cuenta que el número de UVT a partir de las cuales se empieza a hacer la retención en la fuente es de 128,9, se deduce que la base gravable será de 4’106.625 pesos, porque –aun con la disminución de las deducciones establecida en la reforma tributaria del 2012–, al ciudadano le permiten descontar los pagos realizados por aseguramiento obligatorio en salud (4 por ciento), pensiones (4 por ciento) y el punto de solidaridad que todos los asalariados aportan para contribuir con los subsidios de salud a quienes no tienen seguridad social contributiva.


Impacto de la reforma

retefuente aplicaria a los salarios desde 4476221 pesos

retefuente aplicaria a los salarios desde 4476221 pesos

Foto:

Es importante subrayar que la aplicación de la nueva cifra, a partir de la cual le empezarán a retener al trabajador a título de impuesto de renta, dependerá de lo que defina la próxima reforma tributaria que tramitará el Gobierno.
Y es que, según el informe de la Comisión de Expertos Tributarios, en esta se plantea cambiar el esquema, eliminando el Imán (Impuesto Mínimo Alternativo) y el Imás (Impuesto Mínimo Alternativo Simple). Así, el camino de las propuestas apunta a ampliar la base de contribuyentes que aportan el impuesto de renta, lo que implicaría transformar la tabla de retención mínima.
Para los obligados a tributar en Colombia, la UVT es el punto de partida que tienen todos los pagos que se realizan ante la Dian. Su establecimiento, que se hizo desde el 2006, buscó configurar un mecanismo con el objetivo de que no fuera necesaria la expedición anual de sendos decretos con los reajustes a cada cobro que hace la entidad recaudadora. De paso, apuntó a tener a la mano el cálculo preliminar de la UVT que a los colombianos les permitirá ir realizando su planeación tributaria para el 2017, mientras la Dian expide el decreto oficial, antes de finalizar el año.
Por ahora, de manera preliminar, los contribuyentes deben saber que la sanción mínima que impondrá la Dian el próximo año será de 318.590 pesos, equivalente a 10 UVT.
De igual manera, otro ejemplo de sanción en materia de impuestos es la que le pueden imponer a un ciudadano que no entregue los datos completos o correctos al inscribirse en el Registro Único Tributario (RUT). Por esta acción, que le impide a la Dian rastrear la información de los contribuyentes, la multa es de 100 UVT, es decir, 3’185.900 pesos en el 2017.

Los nuevos topes para declaración de renta

Según el Estatuto Tributario que rige en el país, los obligados a declarar renta en el año gravable 2017 serán quienes tengan patrimonios superiores a 4.500 UVT, es decir, más de 143’365.500 pesos. En la actualidad, ese punto de partida es de 127’256.000 pesos, lo que muestra el alto incremento que tendrá la UVT del 2017. Para que las personas determinen si deben presentar declaración de renta o no, la Dian también tiene en cuenta los ingresos brutos, cuyo valor en UVT corresponde a 1.400. Es decir, para el año gravable 2017, en este grupo estará la gente con ingresos anuales superiores a 44’602.600 pesos. Según la ley vigente, para ser declarante de renta hay que tener consumos en tarjeta de crédito superiores a 2.800 UVT, es decir, 89’205.200 pesos.
Para deducciones en impuestos –y con el fin de saber si como comerciante tiene derecho a estar en el régimen común para sanciones, pagos, en casi todos los trámites con la Dian– está de por medio la UVT, así que se debe tener esta cifra a la mano, al menos, hasta que se destape la nueva reforma tributaria.
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