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Finanzas Personales

Tenga cuidado al comprar medicinas en internet

El mercado digital ha abierto la puerta a los medicamentos, pero esto requiere de precauciones.

El mercado digital ha abierto la puerta a los medicamentos, pero esto requiere de precauciones.

Foto:Rafael Espinosa / EL TIEMPO

Productos falsificados, adulterados y de contrabando abundan en la red y arriesgan la salud pública.

Hacer comprar en línea se ha convertido en un acto cotidiano para muchas personas, sobre todo por las comodidades que el mercado digital ofrece en materia de transporte y precio de los artículos, entre otros beneficios. Pero cuando se trata de la adquisición de medicamentos, hay que tener ciertas precauciones para no caer en la trampa de productos falsificados que puedan afectar la salud.
Si usted es de los usuarios frecuentes de las plataformas de compras por internet, y además de esto ha comprado medicamentos por este medio o ha pensado hacerlo en algún momento, entonces le conviene saber ciertos detalles acerca de la comercialización de esos productos.
Por esta razón, el Ministerio de Protección Social y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) dan a conocer medidas sobre la comercialización de productos farmacéuticos que se deben tener en cuenta a la hora de adquirir estos artículos. Estas son algunas de ellas:
  1. Los medicamentos que requieran fórmula facultativa para su venta solo se podrán expender en droguerías y farmacias-droguerías.
  2. Los medicamentos de venta libre o de venta sin fórmula se podrán expender en droguerías, farmacias-droguerías, almacenes de cadena o por departamentos, y en otros establecimientos que cumplan con la normativa sanitaria.
  3. Para comercializar medicamentos virtualmente, debe realizarse bajo las disposiciones de la norma sanitaria, siempre y cuando la venta se haga a través de establecimientos comerciales farmacéuticos, almacenes de cadena o por departamentos, y estos deben estar legalmente constituidos.
  4. No se deberán comercializar medicamentos por medios virtuales si no se tiene un establecimiento físico y legal que cumpla con las condiciones sanitarias vigentes.
  5. El dispensador no podrá enviar por correo medicamentos de venta bajo prescripción médica, sin la fórmula previa del cliente.
  6. La entrega y recepción de medicamentos la deben hacer solo establecimientos o personas autorizadas para distribuir o dispensar medicamentos al público, y debe existir seguridad de que se trata de un establecimiento legalmente constituido.
  7. De conformidad con el Código de Policía, el usuario podrá solicitar el concepto sanitario e información del funcionamiento del lugar a las subredes integradas de servicios de salud E.S.E.
Es muy importante que esté atento a estas recomendaciones, pues en muchos casos no solo se desconoce la normatividad sanitaria vigente, sino que se puede confundir al paciente, potencializar la automedicación y crear un riesgo en su salud.
Respecto a esta problemática, la Asociación Colombiana de Droguistas Detallistas (Asocoldro) solicitó al Invima que se realice el respectivo control y vigilancia, y se cumpla con todos los estándares de calidad necesarios para la protección al paciente.
En dicha petición, Asocoldro sustenta que está a favor de la comercialización de medicamentos sin receta médica (OTC) o de venta libre y demás productos farmacéuticos en plataformas tecnológicas, siempre y cuando se garantice el cumplimiento de la normatividad sanitaria.
Actualmente, el Invima realiza un monitoreo digital que, aunque algunas veces no da con los dueños de los sitios que ofrecen fármacos online, ha permitido el cierre de páginas y eliminación de publicaciones dedicadas a este tipo de negocio que incumplen la ley.
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