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Finanzas Personales

Si hace ahorro voluntario a su pensión, obtiene beneficios tributarios

Tips y consejos para llevar a cabo un plan de ahorro

Tips y consejos para llevar a cabo un plan de ahorro

Foto:123RF

Se convierte en un ingreso no constitutivo de renta y no genera retención en la fuente.

Por la incertidumbre electoral de estos días se comienza a hablar de una posible reforma pensional, que podría afectar a muchos en sus aspiraciones de jubilarse. El ahorro voluntario para sumarlo a la pensión obligatoria es una opción, no solo para mejorar el ingreso luego del retiro laboral, sino que es un aporte sin cargas tributarias.
Además de la posibilidad de jubilarse con una mejor mesada, es un ingreso no constitutivo de renta, es decir, representa una reducción en la base de retención de la fuente y en el impuesto de renta.
El beneficio aplica a todos los afiliados a los fondos privados de pensión (AFP), sean asalariados o independientes. El aporte voluntario no tiene límite legal, pero no puede ser superior a los ingresos de nómina mensuales. Tenga presente que este ahorro voluntario se hace únicamente con objetivo pensional que permita mejorar el valor de su futura mesada.

¿Cómo aplicar a este beneficio?

Para realizar estos aportes, es necesario dirigirlos al fondo de pensión obligatoria que usted haya elegido para cotizar los aportes obligatorios (moderado, conservador o mayor riesgo).
Los ahorros voluntarios que efectúe serán parte del capital total disponible en su cuenta de ahorro individual obligatorio, para así incluirlos y calcular con ellos la mesada pensional.
Debe tener en cuenta que los retiros de la cuenta de ahorro voluntario en el fondo de pensión deben hacerse con anterioridad, ya que demoran 6 meses a partir del momento de la solicitud. Sin embargo, si usted retira estos aportes voluntarios, con un fin diferente al pensional, se le aplicará un gravamen de retención de la fuente del 15 por ciento sobre el capital y los rendimientos financieros retirados, por disposición legal.

¿Cuál es el beneficio tributario?

Desde enero del 2017, los aportes voluntarios efectuados en el fondo obligatorio no harán parte de la base para aplicar retención en la fuente por rentas de trabajo y serán considerados un ingreso no constitutivo de renta ni de ganancia ocasional.
Javier Sánchez, director de impuestos de Old Mutual, explica que “si una persona decide hacer aportes voluntarios en el fondo obligatorio, el empleador debe excluir este aporte del cálculo de la retención en la fuente, y en la declaración de renta serán también tratados como ingresos no constitutivos de renta ni de ganancia ocasional, lo que generará un gran ahorro en términos de impuesto de renta.

¿Cómo hacer los aportes voluntarios si usted es asalariado?

Debe acercarse al área de gestión humana de la compañía donde labora, y solicitar por escrito el descuento del aporte voluntario con destino al Fondo de Pensiones Obligatorias, y así disminuir la base de retención en la fuente.

¿Y si es independiente?

Usted puede hacer aportes directos mediante su operador de Pila (Planilla Integrada de Liquidación de Aportes), a través del cual paga sus aportes de seguridad social, incluyendo en el pago mensual el valor de ahorro voluntario a pensión obligatoria.
Si su fuente de ingresos son las rentas de trabajo, puede solicitar por escrito a su contratante el descuento del aporte voluntario de su nómina del mes, que tendrá como destino el Fondo de Pensiones Obligatorias, con el fin de disminuir la base de retención en la fuente.
REDACCIÓN ECONOMÍA Y NEGOCIOS
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