¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Otras Ciudades

Circular de Planeación sobre medida cautelar del POT desata polémica

Los constructores de Pereira demandaron el POT.

Los constructores de Pereira demandaron el POT.

Foto:Alexis Múnera

Abogada y concejal le pidieron al alcalde de Pereira apelar medida cautelar que suspendió la norma.

User Admin
Tras la suspensión del Plan de Ordenamiento Territorial (POT), de Pereira, ordenada por un juzgado, la abogada Adriana González y el concejal Carlos Crosthwaite, le enviaron al alcalde de Pereira, Juan Pablo Gallo, un derecho de petición en el que le piden a la administración municipal apelar la decisión judicial.
González y Crosthwaite le dicen al Alcalde que de acuerdo con una circular suscrita por la secretaria de Planeación municipal, Carolina del Pilar González, el pasado 11 de abril, el Municipio de Pereira no presentará el recurso de apelación de la medida cautelar de suspensión provisional del POT ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
Agregaron que la Secretaria de Planeación “olvida extrañamente que la medida cautelar ordenada por la Juez Primera de lo Contencioso Administrativo solo puede ser atendida por la Administración Municipal una vez la decisión quede ejecutoriada, esto es vencidos los tres días hábiles siguientes, lo que establece el artículo 244 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
“Extrañamente, su Secretaria de Planeación ha tomado medidas inmediatas frente a la suspensión provisional (del POT) como es ordenar a sus funcionarios y Curadores Urbanos que los trámites que se realicen se deben hacer con base en el Acuerdo 23 de 2006”, señalan la abogada y el concejal.
Además, le informan al alcalde que la Administración Municipal puede atender la medida cautelar solo en caso de que no sea apelada. “En caso tal, de que el auto que ordena la suspensión provisional sea apelado su ejecutoria se da exclusivamente a partir de la decisión de segunda instancia, toda vez que queda en firme la decisión del Tribunal”.
Cabe recordar que el POT fue demandado por la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), seccional Risaralda.
La Secretaria de Planeación le dijo a EL TIEMPO que prefería no pronunciarse porque el POT “ya es un tema jurídico”. La secretaría jurídica, Liliana Giraldo, afirmó que la Alcaldía sí apelará la medida cautelar.
User Admin
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO