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Bogotá

Si su propiedad subió de estrato, el predial no le va a aumentar

Este año, la Secretaría de Hacienda espera recaudar $ 3,1 billones por predial.

Este año, la Secretaría de Hacienda espera recaudar $ 3,1 billones por predial.

Foto:Carlos Ortega y Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO

De las 45.053 manzanas que hay en la ciudad, solo a 90 les subió el estrato y a 13 les bajó.

Andrea Morante
La Secretaría Distrital de Planeación (SDP) realizó la 7.ª actualización de estratificación socioeconómica urbana de Bogotá el año pasado; es un proceso que se hace periódicamente para que algunas viviendas queden ubicadas en el estrato que realmente les corresponde.
“Es importante precisar que el estrato no depende de los ingresos monetarios de las personas, depende de las características físicas externas de la vivienda que habitan, de su entorno inmediato y su contexto urbanístico”, explicó la SDP.
Sin embargo, no todos los predios entran en la actualización. En el proceso se incluyen aquellas viviendas en las que los propietarios reclaman cambio de estrato, aquellas cuyas características físicas o de contexto urbano hayan cambiado sustancialmente (mejorado o desmejorado) y las nuevas construcciones.
De las 45.053 manzanas que hay en la ciudad, solo a 90 les subió el estrato y a 13 les bajó; también se eliminó el estrato de 119 manzanas que ya no existen, porque fueron reemplazadas por nuevas vías o parques.
Es decir que, con la última actualización, el 98,9 % de las manzanas de la ciudad continuaron con el mismo estrato; se les asignó por primera vez al 0,6 %, se les subió al 0,2 % y se les bajó al 0,03 %, según la SDP.
Bogotá quedó con 7.025 manzanas con estrato 1; 15.727 con estrato 2; 12.056 con estrato 3; 2.439 con estrato 4; 1.038 con estrato 5 y 879 con estrato 6. Los estratos 2 y 3 siguen siendo los predominantes en la capital.
Todo esto sirve para que la asignación de subsidios y contribuciones en servicios públicos domiciliarios (agua, alcantarillado, aseo, luz y gas) se haga correctamente y se les otorgue a ciudadanos que en realidad lo necesitan.
Por eso, si una vivienda sube de estrato, en el caso de los que cuenten con subsidios (1, 2 y 3), implicará una reducción de estos; si se pasa de un estrato subsidiado a estrato 4, empezarán a pagar un costo diferente en los servicios públicos.
Sin embargo, un valor que no cambia a causa de estas modificaciones es el del impuesto predial, que, luego de que se sancionó el acuerdo 648 del 2016, propuesta de la actual administración, se calcula de forma independiente del estrato.
Entre otras novedades que trajo este acuerdo está que los contribuyentes tienen más facilidades de pago (ahora se puede hacer por cuotas), permitió a la Administración Distrital facturar, estableció topes de aumento anuales y ajustó las cargas –hay tarifas progresivas, en las que el estrato 1 tiene la tarifa más baja (1 por mil) y los predios más costosos, tarifas del 9 y 10 por mil–.

¿Cuándo sube el impuesto?

Lo que sí afecta el valor del predial son variables como las características físicas de cada edificación, los desarrollos urbanísticos que haya tenido el sector donde esté ubicada, las mejoras que se hayan hecho sobre los predios y si este está catalogado como un predio rural o urbano. Si alguno de estos aspectos cambia, es probable que el impuesto suba.
La Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, por su parte, realiza un avalúo cada año, y con base en este se liquida el valor del tributo. Sin embargo, es importante aclarar que, en el mismo acuerdo 648 de 2016, se establecieron topes diferenciales, que van entre el 4,1 y el 20 % para predios residenciales y de máximo 25 % para predios no residenciales.
Si usted quiere calcular el incremento de su impuesto predial, puede hacerlo siguiendo la información disponible en la página www.haciendabogota.gov.co, en la pestaña impuestos. Allí encontrará en detalle los ítems que modifican el valor del impuesto predial unificado.
Entre ellos se encuentran: el valor del avalúo catastral del predio (que se puede consultar en www.catastrobogota.gov.co), las tarifas vigentes del impuesto predial unificado (que varían según el tipo de inmueble y su uso), el descuento al que puede acceder por pronto pago (es del 10 %), las sanciones generadas por declarar fuera de las fechas establecidas y los intereses generados por no pago.
Para 2018, las sanciones para predios de estratos 1, 2 y 3 son de 156.000 pesos y para los demás predios, de 208.000 pesos.
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Andrea Morante
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