¡Hola !, Tu correo ha sido verficado. Ahora puedes elegir los Boletines que quieras recibir con la mejor información.

Bienvenido , has creado tu cuenta en EL TIEMPO. Conoce y personaliza tu perfil.

Hola Clementine el correo baxulaft@gmai.com no ha sido verificado. VERIFICAR CORREO

icon_alerta_verificacion

El correo electrónico de verificación se enviará a

Revisa tu bandeja de entrada y si no, en tu carpeta de correo no deseado.

SI, ENVIAR

Ya tienes una cuenta vinculada a EL TIEMPO, por favor inicia sesión con ella y no te pierdas de todos los beneficios que tenemos para tí.

Archivo

CORTE FALLA TUTELA DE M. F. BECERRA

La prensa, la radio y la televisión no pueden ser empleados de manera indebida contra los jueces de la República para descalificar y poner en entredicho sus sentencias. Más aún cuando se trata de fallos que ordenan una rectificación.

La Corte Constitucional indicó que los medios de comunicación, y en especial aquellos vinculados en un proceso judicial, no pueden pretender convertirse en jueces de sus propios jueces , pues el escenario de los litigios no es otro que el de los estrados.
Tras advertir que las rectificaciones deben ser escuetas, la Corte advirtió que utilizando abusivamente los medios, las partes en el proceso no pueden convertirse en jueces de los jueces, y descalificar las sentencias de éstos, en una especie de juicio público no previsto en ley alguna .
Con estos argumentos, la Corte Constitucional, sobre ponencia del magistrado Jorge Arango Mejía, concedió ayer una tutela al ex contralor General de la República, Manuel Francisco Becerra, contra el noticiero Q.A.P.
La corporación confirmó un fallo del Tribunal de Bogotá mediante el cual, el 24 de noviembre de 1994, le ordenó al informativo de televisión rectificar nuevamente la información que emitió el 15 de septiembre pasado.
Ese día, el noticiero afirmó que el ex contralor Becerra había intentando meterle un gol al país al dejar listo para firmar, antes de abandonar el cargo, un millonario contrato con una empresa con la que su esposa tenía relaciones comerciales. La afirmación se derivaba de una denuncia pública presentada por el ex representante a la Cámara Gustavo Petro.
La Corte verificó que las acusaciones contra Becerra son falsas, acogió la petición de Becerra, pero advirtió que el noticiero, en la emisión del 25 de noviembre de 1994, dio cumplimiento al fallo de rectificación.
La corporación insistió en que la información que transmiten los medios debe ser veraz e imparcial, por eso los periodistas deben comprobar la certeza de su material noticioso.
Los encargados de los medios masivos no pueden excusarse diciendo que ellos se limitan a difundir las afirmaciones injuriosas o calumniosas que cualquiera les presente , precisó.
A juicio de la Corte, los errores deben reconocerse con sencillez y claridad.
En tratándose de periodistas, es ostensible que el reconocimiento de las equivocaciones, en lugar de disminuir su autoridad frente a la opinión pública, la acrecienta, pues cualquiera entiende que el mismo valor que se tiene para rectificar lo erróneo se tendrá para insistir en lo verdadero , concluyó.
icono el tiempo

DESCARGA LA APP EL TIEMPO

Personaliza, descubre e informate.

Nuestro mundo

COlombiaInternacional
BOGOTÁMedellínCALIBARRANQUILLAMÁS CIUDADES
LATINOAMÉRICAVENEZUELAEEUU Y CANADÁEUROPAÁFRICAMEDIO ORIENTEASIAOTRAS REGIONES
horóscopo

Horóscopo

Encuentra acá todos los signos del zodiaco. Tenemos para ti consejos de amor, finanzas y muchas cosas más.

Crucigrama

Crucigrama

Pon a prueba tus conocimientos con el crucigrama de EL TIEMPO