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NO SERÉ UN PREVARICADOR

El representante Jairo Ruiz asegura que está dispuesto a seguir procesando a los consejeros de Estado. Así me quede solo en esta batalla jurídica, no me convertiré en un prevaricador , aseguró en diálogo con EL TIEMPO. No es cuestión de sentido común que un sindicado no puede juzgar a su juez? No soy un juez, sino un instructor. Tampoco soy un sindicado porque no estoy vinculado formalmente a un proceso. Según jurisprudencia de la Corte, sindicado es aquel que ha sido vinculado mediante indagatoria. Entonces no cree que usted está impedido para realizar esta investigación?

No. Estoy cumpliendo con mi deber. La Comisión de Acusación no veía ni oía nada y alguien tiene que encargarse de que cumpla con sus funciones. Y usted quiere cumplirlas citando a los consejeros que lo investigan?
Está lejos de mí cualquier intención política o retaliatoria. Procederé imparcialmente. Solo aceptaré debates en el terreno jurídico y así me quede solo, no me convertiré en prevaricador. Si usted no está impedido, lo estarían entonces los consejeros a quien usted investiga?
La Cámara en pleno dirá si estoy o no impedido. Yo creo que no. Creo también que los consejeros tendrían que ser remplazados por conjueces en la actuación administrativa que hay en mi contra. Pero si su investigación es posterior a la de ellos....
Yo tengo el caso hace dos meses y lo he estudiado juiciosamente. En el Consejo de Estado hay contra mí una simple actuación administrativa, mientras que yo soy un instructor de un proceso penal especialísimo. Algunos de sus compañeros de comisión, entre ellos Gustavo Petro, consideran que usted no solo está impedido, sino que puede estar violando el artículo 182 de la Constitución...
Respeto al doctor Petro como economista, pero él no es jurista. El artículo 182 se relaciona con posibles conflictos de intereses en trámites legislativos, pero no judiciales. No querrá usted favorecer a Escrucería?
En absoluto. No lo conozco siquiera. No vamos a reivindicar a Escrucería, sino al estado de derecho. Escrucería jamás podrá volver al Congreso. Si los hechos de Escrucería resultan de bulto ante el país, en dónde prevaricaron los consejeros de Estado?
Debemos remitirnos al inciso último del artículo 34 de la Ley Quinta de 1992, de acuerdo con el cual se requiere un juicio especial para los casos de pérdida de la investidura. Cuando Escrucería fue despojado de la suya, esto todavía no estaba reglamentado...
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