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Corte Constitucional salvó la ley que creó las zonas Zidres

Mantuvo la mayoría de artículos, pero estos sectores tendrán que pasar por concejos municipales.

JUSTICIA
Tras horas de debate la Corte Constitucional dejó viva a la ley que creó las zonas de interés de desarrollo rural, económico y social (Zidres) que promovió el Gobierno, y que fue demandada por varios senadores acompañados de asociaciones campesinas e indígenas.
Ocho magistrados de la Corte Constitucional, más el conjuez Germán Quintero, decidieron mantener esta ley, aunque tumbaron algunos de sus puntos, inexequibilidades que se darán a conocer en las próximas horas.
Fuentes aseguran, sin embargo, que la mayoría de la ley pasó el examen de la Corte Constitucional por lo que ya podría ser implementada.
Uno de los cambios significativos tiene que ver con la autonomía de los territorios. La Corte Constitucional estableció que las zonas Zidres que se constituyan en el país deben pasar por el visto bueno de los concejos municipales y se deben ajustar a los Planes de Ordenamiento Territorial (POT) de los municipios.
Esto ante el reclamo de los demandantes que afirmaban que según la ley era el Gobierno el que iba a decidir sobre estas zonas, vulnerando la participación de la ciudadanía que vive en los territorios en donde operarán.
Así, la Corte asegura que aunque el Gobierno Nacional el facultado para aprobar y delimitar las zonas Zidres y sus proyectos productivos, lo condiciona bajo el entendido de que la identificación, delimitación y aprobación de las zonas por parte del Gobierno Nacional deben estar precedidas por un proceso de información, concertación y coordinación con los concejos municipales de los entes territoriales que resulten afectados por esas decisiones.
Sin embargo, la Corte Constitucional estableció en la decisión que tomó este miércoles que las Zidres no necesitan consulta previa con comunidades étnicas, ya que desde la ley se planteó que estas zonas no estarán ubicadas en territorios indígenas. 
De otro lado, la Corte decidió tumbar el artículo que obligaba a pequeños y medianos productores a asociarse para poder participar de los estímulos económicos y beneficios de las zidres. Esto porque se consideró que imponía cargas a los proyectos que debían favorecer a pequeños campesinos.
Además, el alto tribunal decidió mantener el artículo que establece que no podrán adelantar proyectos productivos dentro de las Zidres los empresarios que tengan bienes baldíos adjudicados después de la ley 160 de 1994. Esto significa que quienes tengan baldíos adjudicados antes de ese año, podrían acumular tierras por encima de la Unidad Agrícola Familiar.
La demanda
La ley Zidres fue promovida por Gobierno como su apuesta para llevar desarrollo al campo, y buscar la productividad en tierras subutilizadas, así como la asociación entre pequeños y grandes productores.
Pero el senador Iván Cepeda, uno de los demandantes, y la profesora de la Universidad del Rosario, Pilar Peña Huertas, así como varios líderes campesinos, la demandaron considerando que más que traer progreso, la ley es regresiva.
Como lo reveló este diario la ponencia del magistrado Luis Ernesto Vargas tumbaba varios puntos de la ley, pero la dejaba viva en su totalidad.
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