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Vea cómo acceder a subsidio de vivienda si gana entre 1 y 2 mínimos

Se trata del programa Mi Casa Ya - Ahorradores, del Gobierno Nacional. Abecé para aplicar.

Redacción El Tiempo
¿En qué consiste el programa Mi Casa Ya - Ahorradores?
Este programa busca promover la adquisición de vivienda para familias de todo el país que tengan ingresos de hasta dos salarios mínimos mensuales. Estas familias podrán tener casa propia, sin comprometer más del 30 % de sus ingresos en el pago de las cuotas del crédito que se les otorgue.
Requisitos para acceder al programa
-Tener ingresos totales mensuales no superiores a dos salarios mínimos mensuales legales vigentes.
- No ser propietarios de una vivienda en el territorio nacional.
- No haber sido beneficiarios de subsidio familiar de vivienda por parte del Gobierno Nacional ni de cobertura de tasa de interés.
- Aportar para la adquisición de la vivienda el ahorro equivalente al 5 % del valor, es decir, aproximadamente $ 2’414.000, suma que podrá acreditarse como requisito para la asignación del Subsidio Familiar de Vivienda.
- Si en el proyecto existen entidades otorgantes del Subsidio Familiar de Vivienda diferentes a Fonvivienda o a las cajas de compensación familiar, el ahorro del hogar puede disminuir hasta el 2 % del valor de la vivienda, es decir, aproximadamente $ 965.000.
- Contar con un crédito preaprobado por el valor correspondiente a los recursos faltantes.
- No haber sido inhabilitados por presentar documentos o información falsa con el objeto de que les fuera adjudicado un subsidio.
¿Cuántas familias se beneficiarán con la medida?
Con este programa se beneficiarán hasta 86.000 hogares que cumplan con los requisitos.
¿Cómo saber qué salas de ventas hacen parte del proyecto Mi Casa Ya – Ahorradores?
Los proyectos que sean seleccionados en el Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores serán publicados en la página web de Fiduciaria Bogotá, para que cualquier persona interesada pueda verificar los listados de proyectos, así como el constructor y su ubicación.
¿Cómo se elegirán a los beneficiarios?
Las familias que se quieran postular deberán presentarse a las salas de ventas de los proyectos que construirán en este programa.
Los oferentes de los proyectos seleccionados presentarán el listado de hogares propuestos para ser beneficiarios de los subsidios a aplicar en las viviendas del proyecto.
Las cajas de compensación familiar apoyarán la verificación y cumplimiento de las condiciones establecidas por parte de los hogares beneficiarios. Fonvivienda podrá verificar su cumplimiento cuando lo considere pertinente.
En el evento en que se adviertan inconsistencias con posterioridad a la asignación del subsidio, habrá lugar a su restitución, con el valor del salario mínimo del momento de la restitución.
¿Qué documentos se deben presentar en las salas de ventas?
- Un formulario de postulación debidamente diligenciado, en el formato que establezca Fonvivienda. Haga clic aquí para ver el formulario.
- La identificación del proyecto de vivienda en donde aplicaría el subsidio familiar de vivienda en caso de ser otorgado en su favor, incluyendo la manifestación de que ninguno de sus miembros se ha postulado para ser beneficiario en otro proyecto de vivienda de interés prioritario que haya sido seleccionado en el marco del programa.
- Registro civil de matrimonio o prueba de la unión marital de hecho.
- Fotocopia de la cédula de ciudadanía de los mayores de 18 años y registro civil de nacimiento de los demás miembros del hogar.
- Carta de preaprobación de crédito por el valor correspondiente a los recursos faltantes para acceder a la solución de vivienda.
- Autorización del hogar para que en el evento de resultar beneficiario del subsidio, los recursos se giren al oferente en los plazos y condiciones señalados en los términos de referencia de los procesos de selección.
- En caso de ser beneficiario de un subsidio familiar de vivienda para adquisición de vivienda urbana nueva, otorgado por una caja de compensación familiar o por Fonvivienda, con anterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1432 de 2013, la autorización para que dicho subsidio sea girado al patrimonio autónomo o al Fovis de la caja respectiva, según sea el caso.
Para mayor información ingrese a este enlace.
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Redacción El Tiempo
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