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Eliminaron las mallas del estadio Macal de Villavicencio

Ahora los hinchas deben portarse bien porque cobran importancia sanciones previstas en Ley 1445.

La celebración de algunos hinchas de Llaneros FC, por el gol que le anotó el argentino Lucas Rodríguez el domingo pasado a Uniautónoma en Villavicencio, fue el primer aviso de lo que ahora tendrán que abstenerse quienes vayan a ver fútbol al estadio Macal.
Ese gol motivó que algunos hinchas saltaran el pequeño muro de 50 centímetros, que es ahora la única barrera entre las graderías y la pista atlética y la cancha, para celebrarlo.
Sin embargo, la rápida reacción del personal de logística evitó que el hecho pasara a mayores.
Por eso, con la eliminación de la malla metálica que había alrededor del anillo de graderías del estadio de Villavicencio, vendrá una prueba permanente para los aficionados, pues la Ley 1445 contempla fuertes sanciones para quienes alteren la seguridad y convivencia en desarrollo del deporte profesional.
Duro al bolsillo
Dicha ley contempla una multa de entre 5 y 10 salarios mínimos mensuales legales vigentes (smmlv) (entre 3 y 5,8 millones de pesos actuales) y la prohibición de acudir a escenarios deportivos por un período entre seis meses y tres años para el que:
* Pretenda ingresar o esté en posesión o tenencia de cualquier arma blanca, de fuego u objeto peligroso.
* Pretenda ingresar o esté en posesión o tenencia de estupefacientes.
* Promueva o cause violencia contra miembros de la fuerza pública.
* Invada el terreno o campo de juego.
Esta multa se aumentará de 8 a 15 smmlv (entre 4,7 y 8,8 millones de pesos actuales), así como la prohibición de acudir a escenarios deportivos por un período entre uno y seis años, en caso quien sea:
* Organizador o protagonista del evento deportivo.
* Dirigente de un club con deportistas profesionales.
* Que actúe bajo los efectos de bebidas alcohólicas, estupefacientes, sicotrópicas, estimulantes o sustancias análogas.
Agresiones o daños
La Ley 1445 también contempla que sanciones para quien incite a la agresión física o verbal, o a daños a la infraestructura deportiva, pública, residencial o comercial con ocasión del espectáculo deportivo.
* Por agresión física la multa es de 20 a 100 smmlv (11,8 y 59 millones de pesos actuales) y prohibición para ir a escenarios deportivos entre 3 y 5 años.
* Por agresión verbal: Habrá sanción con trabajo social con la comunidad y si reincide multa entre 1 y 20 smmlv.
* Por daño a infraestructura: La multa será de 20 a 100 smmlv y prohibición para ir a escenarios deportivos entre 2 y 4 años.
REDACCIÓN LLANO 7 DÍAS
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