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Las implicaciones del fallo contra Claro y Movistar

La banda de los 700 MHz, entre los puntos sensibles.

La banda de los 700 MHz, entre los puntos sensibles.

Foto:123rf

Multa sacude el panorama financiero de compañías. MinTic no cree que se afecte inversión extranjera.

El fallo de un tribunal de arbitramento que ordena a Claro y Movistar pagar una suma del orden de los 4,7 billones de pesos (más de 1.500 millones de dólares) tiene ramificaciones legales, cuyos verdaderos alcances todavía están por dimensionar.
Se trata de la condena más grande que se ha fallado a favor de la Nación en toda la historia y equivale a los elementos y bienes que estaban obligadas a devolver al Estado las compañías, en virtud de los contratos suscritos –y, en su momento, prorrogados– para la prestación del servicio de telecomunicaciones.
En la sentencia el tribunal asegura que las compañías tendrán un plazo de 15 días hábiles contados a partir de la fecha en la que se ejecutó este laudo (25 de julio de 2017).
El tribunal, que estuvo conformado por María Teresa Palacio, Juan Pablo Cárdenas y Jorge Pinzón Sánchez, determinó que a Claro le corresponde pagar 3,1 billones y a Movistar, 1,6 billones de pesos. Además, el fallo asegura que una vez cumplido el plazo de pago se cobrarán intereses moratorios.
A pesar de que el concepto es de única instancia, es probable que una demanda de Claro por el mismo tema (la reversión de sus redes de telecomunicaciones) tenga un nuevo ‘round’ en cortes internacionales.

Los órganos de control nos dicen: hay una cláusula en el contrato y debe cumplirse. O sea, está todo el Estado vinculado a esta decisión

Pero más allá del desarrollo del tema legal, hay inmediatas repercusiones en el panorama de las telecomunicaciones en el país.
Muchos usuarios se preguntan si terminarán ellos pagando las consecuencias de la decisión, que para algunos observadores no es menos que un error histórico, y para otros, un triunfo jurídico del Estado.
Un pago multimillonario sin duda sacude el panorama financiero de las firmas involucradas y promete alterar sus planes de inversión. Los 4,7 billones del laudo arbitral son el doble de la inversión que, en conjunto, hicieron Claro y Movistar en el sector telecomunicaciones de Colombia el año pasado.
Para Movistar, los 1,6 billones que se le ordena pagar son más dinero que los 1,2 billones que acordó poner el Gobierno en la más reciente capitalización de la firma, pactada este año. Dado que el Estado tiene un 32 por ciento de participación accionaria en esa empresa, cabe preguntarse si deberá asumir una parte proporcional de la deuda y pagársela a sí mismo.
Un punto sensible es la subasta de la banda de los 700 MHz, que el MinTIC ha dicho es una de sus prioridades en lo que queda del año. Si bien esa cartera ha señalado que el proceso sigue, está por ver si lo hará con la participación de Claro y de Movistar.

Inversión extranjera

El ministro de las TIC, David Luna, le dijo a este diario sentirse satisfecho con la defensa del patrimonio público expresado en las redes de telecomunicaciones sobre las que trataba el laudo arbitral.
El jefe de esa cartera, la directamente involucrada en el litigio, rechazó que se caracterice lo ocurrido como un cambio de las reglas de juego.
“Acá no ha habido cambios en las reglas de juego. Desde que se hicieron los contratos en 1994 se firmó la reversión. En el camino se aprobaron dos leyes, de iniciativa no del Gobierno sino impulsadas por los gremios, y esas leyes dijeron que la reversión aplicaba solo al espectro”.
La contralora de entonces, Sandra Morelli, demandó esas leyes y en el 2013 la Corte determinó que eran constitucionales, pero no se aplicaban a estos contratos. “El Ministerio TIC, en cabeza de mi antecesor, comienza un trabajo con la Contraloría y la Procuraduría y luego llego yo a continuar ese trabajo. Allí los órganos de control nos dicen: hay una cláusula en el contrato y debe cumplirse. O sea, está todo el Estado vinculado a esta decisión”.
Para Luna, el laudo, que es de única instancia, está en firme y debe cumplirse.
“Recursos habrá. Existe según la ley de arbitraje un recurso extraordinario de anulación si se alegan fallas en el procedimiento. Pero mi interpretación es que mientras tanto tienen que pagar. Hay una interpretación distinta, y es la posibilidad de que el Consejo de Estado admita un recurso de las empresas y les diga que no paguen mientras resuelve de fondo”.
Frente a la preocupación por el mensaje que pueda enviarse con respecto a las garantías de la inversión extranjera, el jefe de la cartera Tic apuntó: “La inversión extranjera no solo es bienvenida, sino que siempre ha estado muy acompañada. Pero una cosa es la inversión extranjera y otra, la protección del patrimonio público”.
REDACCIÓN TECNÓSFERA
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