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Proceso de Paz

Las tareas de los magistrados del Tribunal Especial para la Paz

Las delegaciones de paz anunciaron desde La Habana el mecanismo de elección de los magistrados que harán parte de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Las delegaciones de paz anunciaron desde La Habana el mecanismo de elección de los magistrados que harán parte de la Jurisdicción Especial para la Paz.

Foto:Eliana Aponte / EL TIEMPO

Conozca, además, cuál será el trámite que seguirá un caso en la Jurisdicción Especial para la Paz.

Los magistrados que conformarán el Tribunal Especial para la Paz serán los encargados de investigar, juzgar y sancionar a los autores de delitos y graves, y tendrán la responsabilidad de garantizar que no haya impunidad.
De ellos dependerá el éxito de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) acordada por el Gobierno y las Farc el 23 de septiembre del 2015, y complementada el 15 de diciembre del mismo año.
A esta instancia deben acudir quienes de manera directa e indirecta participaron en delitos graves cometidos en medio del conflicto armado, tanto guerrilleros como agentes del Estado y civiles, si es el caso.
Este es el trámite que seguirá un caso en la Jurisdicción Especial para la Paz:

1. Llega a la secretaría

La secretaría, además de administrar los recursos de la jurisdicción, tendrá la tarea de remitir el caso a la Sala de Reconocimiento de Verdad o al Tribunal de Paz, según se trate.

2. Aceptación de responsabilidad

En la Sala de Reconocimiento de Verdad, de seis magistrados, si la persona reconoce su responsabilidad en la comisión de delitos graves, los magistrados remitirán el caso al tribunal. (Además: Estos son los acuerdos logrados por el Gobierno y las Farc)
En la sección primera le impondrán una pena de 5 a 8 años de restricción efectiva de la libertad. La sanción limitará su movilidad a una zona específica e impondrá tareas de reparación a las víctimas.

3. Amnistía

La Sala de Reconocimiento remitirá, a la Sala de Amnistía conformada por otros seis magistrados, los casos de guerrilleros susceptibles de beneficiarse con esta medida por los delitos de rebelión y conexos. Se excluirán el secuestro de civiles, las ejecuciones extrajudiciales, reclutamiento de menores, entre otros.

4. Otros beneficios

Para los militares, como no pueden beneficiarse de amnistía e indulto –no son rebeldes políticos–, podrán beneficiarse de la renuncia de la acción penal o extinción de la pena para los delitos que no sean de lesa humanidad. Su caso será remitido de la sala de Reconocimiento a la de Definición de Situación Jurídica, conformada también por seis magistrados.

5. Entra la ‘fiscalía’

En caso de que no haya reconocimiento de responsabilidad, el caso le corresponderá adelantarlo a la Unidad de Investigación. Se trata de una especie de fiscalía que iniciará el proceso ante el Tribunal.

6. El tribunal decide

A la cabeza de la JEP estará el Tribunal con 24 magistrados y cinco secciones. En la primera, impondrá sanciones a quienes confiesen sus delitos de manera anticipada (ver 2).
La segunda será de primera instancia, en donde podrán imponer una pena de privación de la libertad de entre 5 y 8 años a quienes confiesen de manera tardía su responsabilidad en delitos de lesa humanidad. Si no lo hacen y son vencidos en juicio por la ‘fiscalía’, los responsables podrán tener hasta 20 años de cárcel en circunstancias ordinarias.
También habrá una sección que estudiará las apelaciones y otra para la revisión; esta sección tendrá la última palabra sobre los casos. La quinta sección es para hacer el seguimiento de las sentencias.
REDACCIÓN PAZ
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