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Proceso de Paz

Abecé del mecanismo de elección de magistrados de Jurisdicción de Paz

Foto:

Papa Francisco, Ban Ki-moon y Sala Penal de la Corte, invitados para definir comité de escogencia.

Las delegaciones del Gobierno y las Farc presentaron este viernes el mecanismo con el que se determinará la elección de los magistrados de la jurisdicción especial para la paz y la del director de la Unidad de Investigación y Acusación.
En el anuncio se determinó cómo se conformará el comité de escogencia, así como los criterios que deben cumplir los magistrados, cuántas personas seleccionarán y cómo será el proceso. Conozca los puntos clave de este mecanismo de elección, en lo que será clave la respuesta del Papa, el Secretario General de la ONU, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, el Centro Internacional de Justicia Transicional (ICTJ) y la Comisión Permanente del Sistema Universitario del Estado, que fueron invitados para postular a expertos para que conformen dicho comité de escogencia.
1. ¿Quiénes postularán a los integrantes del comité de elección de los magistrados?
Las delegaciones invitaron a diferentes instituciones, organismos internacionales y personas para que sean los encargados de postular a los expertos que conformarán el comité que se encargará de la elección de los magistrados y del Director de la Unidad de Investigación y Acusación.
Las personas invitadas por las delegaciones fueron: el papa Francisco, el secretario General de la ONU, Ban Ki-moon; la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la delegación en Colombia del Centro Internacional de Justicia Transicional (ICTJ) y la Comisión Permanente del Sistema Universitario del Estado. (Lea también: Así quedó el modelo de justicia para la paz acordado con las Farc)
2. ¿Cómo elegirá este comité de escogencia a los magistrados?
Los integrantes del comité seleccionarán a los magistrados por mayoría de 4/5, con un sistema de votación que promueva el consenso.
3. ¿Qué criterios debe cumplir una persona para ser elegida magistrada de la Jurisdicción Especial para la Paz?
Todos los magistrados deben ser abogados y tendrán que estar altamente calificados. Se incluirán expertos en distintas ramas del Derecho, con énfasis en conocimiento del Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos o resolución de conflictos.
Para ser elegido magistrado del Tribunal para la Paz deberán reunirse los mismos requisitos que para ser togado de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema o del Consejo de Estado de Colombia, salvo la nacionalidad colombiana para los extranjeros. (Además: Estos son los acuerdos logrados por el Gobierno y las Farc)
Para ser elegido magistrado de Sala deberán reunirse los mismos requisitos que para ser togado de Tribunal Superior de distrito judicial. En ningún caso se aplicará un sistema de carrera.
Finalmente, los seleccionados deben haber desempeñado, durante 15 años (para los magistrados del Tribunal) u 8 años (para los magistrados de las Salas), cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público, o haber ejercido la profesión de abogado o la cátedra universitaria en disciplinas jurídicas en establecimientos reconocidos oficialmente.
4. ¿Cuáles cargos de la Jurisdicción Especial para la Paz elegirá ese comité de escogencia?
Se elegirán siguiendo los criterios establecidos en la Jurisdicción Especial para la Paz:
- Serán 20 magistrados colombianos y 4 extranjeros para el Tribunal para la Paz.
- Para las Salas de Justicia se contarán con 18 magistrados con nacionalidad colombiana y 6 magistrados extranjeros. (También: Jurisdicción Especial de Paz costaría alrededor de $ 2 billones)
- Una lista adicional de 19 magistrados nacionales y 5 extranjeros para el Tribunal para la Paz y las Salas de Justicia en caso de que se requiera aumentar el número de togados o sustituir a alguno de sus miembros. En total saldrán 72 togados que pertenecerán a la Justicia Especial para la Paz.
- Así mismo, definirán “el Presidente o Presidenta” del organismo.
- Por último, definirán “el Director o Directora de la Unidad de Investigación y Acusación”, que tendrá plena autonomía para seleccionar a los profesionales que harán parte de la misma.
5. ¿Cuándo se hará el proceso de escogencia?
Los procesos de selección deberán concluir lo más pronto posible después de la entrada en vigor del Acuerdo Final. (Lea: Los cuatro mitos de la justicia transicional para los militares)
6. ¿Cómo se garantiza que el proceso de selección será autónomo, independiente y transparente?
El acuerdo señala que el proceso contará con la debida publicidad y garantías de transparencia de manera que facilite el seguimiento y veeduría por parte de la sociedad. Así mismo, el comité deberá tener en cuenta los estándares internacionales de independencia judicial y las altas calidades morales de los candidatos.
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