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Gobierno

Comenzó restricción para reemplazar o contratar empleados

El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, anunció la suspensión de las negociaciones con el ELN.

El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, anunció la suspensión de las negociaciones con el ELN.

Foto:AFP

Ley de garantías limita el funcionamiento del Estado hasta que se elija presidente.

Diana Rincón
Con algunas excepciones, desde el sábado pasado hasta que sea elegido el próximo presidente de la República, ninguna entidad del Gobierno Nacional podrá contratar personal ni crear cargos.
Así lo ordena la ley de garantías que comenzó a regir el pasado 27 de enero y prácticamente congela el funcionamiento del Estado hasta que se resuelva quién llegará a la Casa de Nariño.
Esta ley, sancionada en 2005 a raíz de la reelección presidencial, busca que exista neutralidad en los funcionarios públicos para que no haya desequilibrios en las campañas electorales.
Aunque según la reforma constitucional conocida como ‘equilibrio de poderes’ la reelección presidencial fue abolida, la ley de garantías sigue vigente para el Gobierno Nacional, gobernaciones y alcaldías.
Según un informe del Departamento Administrativo de la Función Pública, entre las restricciones que comenzaron a regir desde el sábado pasado está la de vincular o desvincular gente de la nómina manejada por las entidades del Gobierno Nacional en cargos de libre nombramiento y remoción.
En otras palabras, no se podrán reemplazar o contratar trabajadores de instancias del Gobierno central hasta surtirse la elección presidencial.
Esta limitación no se aplicará a cargos relacionados con defensa y seguridad del Estado, emergencias educativas y sanitarias, así como a los encargados de reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de atentados o desastres naturales.
Igualmente, en casos de vacancias generadas por renuncias o muertes de empleados públicos.
La restricción tampoco se aplica para quienes están en medio de un concurso de méritos de carrera administrativa, quienes podrán ser nombrados en los cargos para los cuales optaron.
En cuanto a la contratación directa, esta se restringe para todos los entes del Estado y solo se podrán hacer prórrogas, modificaciones o adiciones y cesión de contratos suscritos antes del sábado pasado.
El Presidente y el Vicepresidente tampoco podrán entregar personalmente recursos o bienes estatales o dinero proveniente del erario.
POLÍTICA
Diana Rincón
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