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Gobierno

¿Cuáles serían los pasos del CNE para las revocatorias de mandato?

Según el Código de Procedimiento Administrativo, la competencia de la autoridad para sancionar caduca a los tres años y estos serían hechos de hace casi siete años.

Según el Código de Procedimiento Administrativo, la competencia de la autoridad para sancionar caduca a los tres años y estos serían hechos de hace casi siete años.

Foto:Abel Cárdenas / EL TIEMPO

Consejo Electoral comenzaría este jueves estudio de condiciones para pedir el recurso

Condiciones como “argumentar” la “insatisfacción generalizada” de los ciudadanos y decisiones como “suspender” o “archivar” una revocatoria de mandato están en el borrador de ponencia que el Consejo Nacional Electoral (CNE) tiene previsto estudiar este jueves para la regulación de este mecanismo.
La reglamentación que expediría el tribunal electoral se daría ante la avalancha de solicitudes (más de 100) para revocar el mandato de varios alcaldes del país, entre los cuales el caso más visible ha sido el del alcalde Bogotá, Enrique Peñalosa.
Ante el hecho, instancias como la Federación Colombiana de Municipios y el mismo Peñalosa -a través de su apoderado, Humberto Sierra Porto- han solicitado al CNE el estudio de estos mecanismos de participación, previo a que sean votados por los ciudadanos.
Tres magistrados del tribunal electoral (Héctor Helí Rojas, Alex Vega y Felipe García) se dieron a la tarea de elaborar un texto que fija un procedimiento para la solicitud de estos recursos y que, de ser aprobado, podría echar abajo o al menos retrasar varios procesos de revocatoria que están en curso.
Según los propuesto, todas las peticiones de revocatoria de mandato que lleguen a la Registraduría deberán ir sustentadas y aportar “material probatorio” de los motivos por los cuales se solicita el recurso.
De acuerdo con la ley, las causas para hacer esta solicitud pueden ser dos: la “insatisfacción general de la ciudadanía” o “el incumplimiento del programa de Gobierno” de los elegidos.
En cuanto a la primera causal, la regulación que estudia el Consejo Electoral dispone que se tendrían que “argumentar” las razones para la “insatisfacción generalizada”.
Toda la petición para la revocatoria, de acuerdo con la regulación propuesta, sería recogida por la Registraduría Nacional, la cual la enviaría al CNE para su estudio.
Dentro de las decisiones que podría tomar el tribunal electoral hay una especie de medidas cautelares que son la “suspensión” del proceso revocatorio mientras que hay una decisión de fondo y, en últimas, el “archivo” del mecanismo en caso de que no sea posible “subsanar” los vacíos que tenga el mismo.
Fuentes del CNE le dijeron a EL TIEMPO que la sala plena del tribunal electoral comenzaría este jueves el estudio de la ponencia y podría pronunciarse sobre la misma la próxima semana.
Una posición pronta del Consejo Electoral sobre las revocatorias es clave tomando en cuenta que ya están listas las fechas para las tres primeras votaciones, dos de las cuales (El Copey (Cesar) y Ocaña (Norte de Santander) están previstas para el próximo 21 de mayo.
POLÍTICA
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