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Improvisación y excesos

¡Ojo con los excesos que contiene el proyecto de decreto legislativo sobre tierras!

Uno de los aspectos del acuerdo con las Farc que más nos preocupó a muchos de los que votamos por el Sí fue la institución de poderes temporales excepcionales al Gobierno para su implementación (legislar por decreto y el ‘fast track’, que acorta los tiempos de discusión en el Congreso y solo le permite aprobar o rechazar integralmente los proyectos del Gobierno). El argumento a favor de estos procedimientos fue el de que otros acuerdos de paz en el mundo han fracasado por demoras y distorsiones en su implementación. Pero resultan poco democráticos y se prestan a la improvisación y a excesos, pues se abre la tentación de usarlos para temas ajenos a la implementación del acuerdo.
Para colmo, la polarización política que vive el país acabó con el poco control político que habrían permitido estos procedimientos de excepción. Como el uribismo se opone por principio a toda iniciativa del Gobierno, muy pocos miran ya si tiene o no razón en una crítica específica. Y, como reacción a esa oposición radical, los partidos de la Unidad Nacional están aplicando la aplanadora de sus mayorías sin examinar críticamente las propuestas gubernamentales. La sociedad civil y los analistas independientes debemos estar muy alertas para señalar oportunamente los problemas que advirtamos en la catarata de decretos y proyectos exprés que se avecina. Hay dos temas especialmente delicados: las reformas electoral y rural.
Ilustro acá la inminencia de los riesgos mencionados con el proyecto preparado por la Agencia Nacional de Tierras, hoy sometido a discusión pública. Aunque tiene muchas cosas buenas, incurre en toda clase de excesos, algunos claramente inconstitucionales y otros muy inconvenientes, como lo señalan los informes de las tres universidades que recibieron el encargo, previsto en el Acuerdo, de revisarlo y entregar sus comentarios.
El exceso más grave se refiere a los poderes jurisdiccionales para decretar expropiaciones y prescripción de dominio que pretendía otorgar a la propia Agencia. Por fortuna, ya el Ministro de Agricultura anunció que esta parte será revisada o retirada, ante la fuerte reacción gremial que suscitó. De aprobarse, habría producido una inmensa inseguridad jurídica, lo que no solamente habría frenado la inversión en el campo, sino que habría podido desencadenar una nueva era de conflictos sociales alrededor de la tierra. Además, el director de la Agencia proponía que esta reforma se expidiera por decreto.* Modificar algo tan fundamental como los derechos de propiedad por decreto sería abiertamente inconstitucional.
Las universidades señalan también que el proyecto no se limita a los temas materia del Acuerdo, relacionados con el acceso a la tierra para los campesinos que carecen de ella, sino que pretende otorgar a la Agencia poderes amplísimos para el “Ordenamiento social de la propiedad rural” con el objeto de “administrar, asignar, reconocer, clarificar, restituir, sancionar, consolidar o reglamentar, según corresponda, los derechos de uso y propiedad y las diversas relaciones existentes con la tierra”. Estas atribuciones excederían ampliamente los temas del acuerdo con las Farc. Por tanto, resultaría inconstitucional otorgarlas mediante el ‘fast track’ o decreto presidencial. Pero, además, conferiría un poder desmesurado a la Agencia de Tierras y dispersaría y sobrecargaría de responsabilidades a varias otras entidades del sector rural igualmente débiles.
Para minimizar los riesgos mencionados, las universidades recomiendan limitar el alcance del proyecto a las materias objeto del acuerdo con las Farc y garantizar la seguridad jurídica y la estabilidad de la legislación rural. Hay que hacerles caso.
P. S. Muy acertado el nombramiento de Jorge Castaño como Superintendente Financiero
* Miguel Samper, EL TIEMPO, 29 de abril
GUILLERMO PERRY
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