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Atenuantes del pecado de abortar

La Iglesia debe reconocer que el derecho canónico perdona el aborto en 10 causales.

Claudia Palacios
Sé que es mucho pedir, que de hecho Francisco ya tiene fuertes contradictores dentro de la Iglesia por pronunciarse de manera comprensiva sobre aspectos de la condición sexual y de la familia, pero qué conveniente sería para las más de 320.000 mujeres colombianas que cada año dan a luz hijos que no han planeado o que no quieren tener, que el Papa de la misericordia hablara fuerte y claro sobre lo que dice el derecho canónico respecto al aborto.
Yo no lo sabía, me lo dijo un sacerdote teólogo, que me pide no revelar su nombre para no meterse en líos con su comunidad. Entre otras cosas, porque, como él mismo dice, hablar de esto no es estar a favor del aborto ni promoverlo, sino decir esa verdad que la mayoría de los sacerdotes y la alta jerarquía de la Iglesia, según él, se niegan a divulgar por miedo a perder el control sobre la conciencia de las personas.
Si bien el derecho canónico impone la peor sanción para el aborto, que es la excomunión automática, contempla, no solo para el aborto sino para todos los delitos, 10 causales para que las sanciones no sean aplicadas o para que al menos sean atenuadas, es decir, más causales que las tres contempladas por la Corte Constitucional para despenalizar el aborto. Los cánones 1323 y 1324 (http://www.vatican.va/archive/ESL0020/__P4U.HTM) lo explican de manera sencilla. “No queda sujeto a pena quien cuando infringió una ley o precepto aún no había cumplido 16 años”. Me pregunto si eso lo sabían las 5.503 menores de 14 años que dieron a luz en 2016 y quizá decidieron tener esos bebés –todos producto del delito de tener sexo con menores de 14 años–, por temor a convertirse en pecadoras si abortaban. Y es aún más audaz el derecho canónico al advertir que queda atenuada la pena “si el delito se comete coaccionado por miedo grave, aunque solo fuera relativamente, o por necesidad, o para evitar un perjuicio grave, si el delito es intrínsecamente malo o redunda en daño de las almas”.

Así como la Iglesia pidió perdón a Galileo, por condenarlo por decir que la Tierra giraba alrededor del Sol, un día tendrá que pedir perdón a las mujeres

Agrega luego que la pena solo puede ser aplicada si hay plena imputabilidad, es decir, si no hay circunstancia que reduzca la responsabilidad de quien comete el delito. Ahora bien, en el Catecismo, artículo 3 - 1735 (http://www.vatican.va/archive/catechism_sp/p3s1c1a3_sp.html), el Vaticano dice que “la imputabilidad y la responsabilidad de una acción pueden quedar disminuidas e incluso suprimidas a causa de la ignorancia, la inadvertencia, la violencia, el temor, los hábitos, los afectos desordenados y otros factores psíquicos o sociales”.
Es decir, si una mujer decide abortar por temor a las consecuencias para su vida de traer un hijo no deseado al mundo –expulsión de la familia, posibilidad de retirarse del estudio, incapacidad para mantenerlo, o la que sea–, no es imputable, y no solo eso, sino que, aunque ante los ojos de los cánones, objetivamente cometió un pecado, ante los ojos de Dios, subjetivamente, no es una pecadora y, por ende, ni siquiera tendría que ir a confesarse por ello.
Este es uno de los temas que la ONG Católicas por el Derecho a Decidir incluirá en la carta que prepara para el Papa. Dicen que “el problema no es Francisco, sino la pesada estructura eclesial”, y que así como la Iglesia pidió perdón a Galileo, por condenarlo por decir que la Tierra giraba alrededor del Sol, un día tendrá que pedir perdón a las mujeres por hechos que van desde la promoción de la ‘cacería de brujas’, en tiempos de la Inquisición, hasta haber ocultado y distorsionado información fundamental para que quienes practican con fervor y convicción la fe católica puedan liberarse de miedos y culpas por tomar decisiones, como la de abortar.
CLAUDIA PALACIOS
Claudia Palacios
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