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El Consultorio Jurídico que le ayuda a resolver su caso

Consultorio jurídico de EL TIEMPO y la Universidad Libre.

Consultorio jurídico de EL TIEMPO y la Universidad Libre.

Foto:CEET

Una alianza entre el TIEMPO y la Unilibre para que usted encuentre la solución a su lío legal. 

EL TIEMPO y la Universidad Libre se unieron para responder semanalmente y de manera gratuita 10 inquietudes jurídicas con expertos abogados de esta prestigiosa universidad.
Si usted quiere participar puede hacerlo diligenciando este formulario con su duda legal. 
Estas son las preguntas más frecuentes y el camino jurídico para resolverlas:

Arriendo

¿Cómo desalojar a un arrendatario moroso?

Hay que tener en cuenta que el no pago del canon de arrendamiento es una causal para dar por terminado el contrato porque automáticamente genera mora. Cuando esta situación ocurre, el arrendador puede iniciar -de manera inmediata- el proceso de restitución de bien inmueble ante un Juez de la República para lograr la entrega material del predio. Si en la demanda se solicita el embargo del arrendatario por los cánones adeudados, se debe acudir a la conciliación, de lo contrario este requisito no es obligatorio.

¿Qué hacer cuando el juez dictamina la restitución del bien pero el arrendatario no lo entrega y lo tiene cerrado y con candado?

Cuando el juez ordena la restitución del inmueble de manera inmediata la arrendataria -demandada- es notificada en el proceso. Es procedente enviarle la notificación a la arrendataria -demandada- en cuanto a que se realizará diligencia de desalojo del inmueble por parte del juez sin su presencia. En este caso la parte actora -arrendador- deberá trasladar los bienes muebles encontrados a una bodega para garantizar la conservación y protección de los mismos.

Laboral

¿Mis jefes me pueden poner a hacer las tareas de sus hijos?

Si estas funciones no son inherentes a su contrato laboral entonces se constituye como una vulneración a la dignidad humana del trabajador y, por lo tanto es una modalidad de acoso laboral. Por ello se le debe manifestar esta situación al empleador. Si hace caso omiso, se debe acudir al comité de convivencia laboral de la empresa y, si definitivamente no hay solución, entonces se podrá presentar -por estos motivos- la denuncia de acoso laboral ante el Ministerio de Trabajo.

¿Me pueden despedir sin justa causa faltado menos de 5 años para pensionarme?

Si es una persona a la que le faltan tres años o menos para pensionarse tanto en edad como en semanas cotizadas, se puede considerar la acción de tutela para el reintegro por protección de estabilidad laboral reforzada. Es el llamado retén social creado por el artículo 12 de la ley 790 de 2002.

Contrato de prestación de servicios

¿Qué puedo hacer para que no me exijan cumplimiento de horario en mi trabajo si el contrato es por prestación de servicios?

Si existe una justificación para el cumplimiento de la actividad contractual dentro de un horario determinado y se encuentra consagrado en el contrato de prestación de servicios, esto se debe cumplir porque es lo estipulado por las partes. Si no está esa cláusula dentro del contrato, estamos frente a la subordinación que es propia de la relación laboral y sería un indicio para considerar la existencia de un contrato de trabajo.

Alimentos

¿Un hijo fuera del matrimonio y no reconocido puede recibir alimentos?

Todos los hijos tienen derecho a alimentos sin importar si es por fuera o dentro del matrimonio. Sin embargo, al no estar reconocido es necesario que ese presunto hijo inicie un proceso de filiación ante un juez, quien le ordenará la práctica de la prueba de ADN para comprobar que ostenta esa calidad. Si el examen es positivo, el juez reconocerá la paternidad y con esta sentencia se podrá iniciar la demanda de alimentos.

Si luego de embargar el sueldo del papá de mi hijo por alimentos, el incumplimiento del pago de la cuota fijada en el proceso de alimentos y acudir varias veces a conciliación ¿qué puedo hacer?

Acudir a la jurisdicción penal. Es decir, interponer una denuncia por inasistencia alimentaria contra el padre o madre que no han cumplido con el pago de la cuota alimentaria sin justa causa. Es un delito que da hasta 72 meses de prisión. Es importante tener en cuenta que se puede iniciar al mismo tiempo en que se presente la demanda de alimentos.
JUSTICIA
En Twitter: @JusticiaET
Justicia@eltiempo.com
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