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Las claves para entender el fallo que liberó a un oso en Barranquilla

Se han avistado ejemplares en zonas del Huila.

Se han avistado ejemplares en zonas del Huila.

Foto:Co CAM Huila

La sentencia asegura que no solo son “seres sintientes” sino, que también son “sujetos de derechos”.

La decisión inédita de un magistrado de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia, con la que le concedió un habeas corpus a un oso de anteojos andino para liberarlo de un zoológico, abrió varias puertas.
La Corte ordenó la liberación del oso al estudiar un recurso presentado por Luis Domingo Gómez, representante del animal y quien afirmó que se vulneraron sus derechos porque fue trasladado de un resguardo en Manizales –en el que permaneció por 18 años– al zoológico de Barranquilla.
Si bien la decisión asegura que en cada caso se deben analizar las circunstancias específicas del cautiverio, el fallo abre una puerta para que se revisen los zoológicos, pues sostiene que los animales tienen derecho a la libertad.
Basada en lo que las altas cortes han llamado la Constitución Ecológica –principio con el que se han detenido en otros fallos explotaciones mineras y proyectos que afectan el medioambiente–, la Corte Suprema afirma que se debe procurar, en forma escalonada, readaptar a los animales “a las condiciones naturales (...), disponiendo las medidas pertinentes para su reinserción en un hábitat natural”.
La segunda puerta que se abre con la decisión de la Corte es el reconocimiento de los derechos de los animales. El fallo asegura que no solo son “seres sintientes” –como lo han establecido otros fallos de la Corte Constitucional y las leyes que penalizaron el maltrato animal–, sino que también son “sujetos de derechos, legitimados para exigir, por conducto de cualquier ciudadano, la protección de su integridad física, cuidado, mantenimiento o reinserción a su hábitat natural”.
Otra de las claves es que la Corte dice que no se pueden “menguar los derechos de las personas”. Así, afirma que darles derechos a los animales no puede “menoscabar los desarrollos agroindustriales para la sostenibilidad vital del humano, menguar los necesarios avances médicos, destruir los progresos biotecnológicos éticos o desatender la solución de necesidades alimentarias”.
JUSTICIA
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