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Investigación

Frenan prisión domiciliaria a Horacio Triana, esmeraldero extraditable

El médico aseguró que los procedimientos que Horacio Triana requiere también se le pueden proveer en un centro de reclusión.

El médico aseguró que los procedimientos que Horacio Triana requiere también se le pueden proveer en un centro de reclusión.

Foto:Mauricio León / EL TIEMPO

Procuraduría y Medicina Legal evitaron que pasara Año Nuevo en casa tras cirugía contra la obesidad.

La defensa de la empresaria del chance Enilce López ‘La Gata’, condenada por asesinato y nexos con paramilitares, no es la única que ha intentado echar mano a mecanismos legales para cumplir su condena en su casa por supuestos temas médicos.
EL TIEMPO conoció que hace unas semanas, los abogados del esmeraldero Horacio Triana, condenado por intento de homicidio y solicitado en extradición por Estados Unidos por narcotráfico, intentaron hacer una maniobra similar a la de ‘La Gata’.
En junio de 2017, ya habían logrado que Triana saltara de la cárcel La Picota a un hospital y el 7 de diciembre pasado lograron que el Juzgado 29 Penal del Circuito le otorgara el beneficio de casa por cárcel, pues el juez argumentó que “es incompatible la continuación del tratamiento penitenciario del sanar a Triana en forma intramural”.
Sin embargo la Procuraduría, con apoyo de la Fiscalía y un concepto de Medicina Legal, lograron frenar la decisión. Según concluyó un médico forense, Horacio Triana no presentaba ningún síntoma de gravedad que justificara el traslado.
De hecho, el dictamen precisa que Triana fue operado por un tratamiento contra la obesidad y que para la fecha del examen – el 8 de diciembre de 2017 – no tenía “ninguna complicación en relación con este antecedente”. Frente a otras dolencias que según sus abogados sufre Triana, el médico indicó que eran normales para una persona de su edad y que podían tratar simplemente con fármacos.
En su informe, el médico forense incluso constató que Triana ni siquiera estaba recibiendo tratamiento contra vértigo, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC) o hipertensión en el hospital San Carlos, donde permanecía. Añadió que “el examinado está estable y no hay razones científicas para que esté hospitalizado”.
El médico aseguró que los procedimientos que Triana requiere también se le pueden proveer en un centro de reclusión.
Con base en este concepto, el Juzgado 28 de Ejecución de Penas concluyó que Triana "no presenta estado de salud grave por enfermedad" y revocó la medida de prisión domiciliaria. Además ordenó que el esmeraldero fuera remitido de inmediato a la cárcel La Picota para cumplir su sentencia o si llega primero la orden de extradición.
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