El acuerdo facultaba a la Fiscalía a decidir en qué casos investigaba a los militares responsables de muertes en combate.
Ese acuerdo, fuertemente cuestionado durante la discusión de la reforma del fuero militar, fue firmado por el fiscal Mario Iguarán y el entonces ministro de Defensa, Camilo Ospina.
Según el Consejo de Estado, ese acto administrativo va en contravía de las normas legales y constitucionales, pues dejaba en manos de la Fiscalía una función -definir la justicia competente- que le es extraña.
Según la Sección Primera, "luego de que el Cuerpo Técnico de Investigación (CTI) realice sus labores de inspección, búsqueda, recolección y aseguramiento de las evidencias físicas en el lugar de los hechos, así como las entrevistas de los posibles testigos, estos funcionarios deberán remitir sus informes, ya no a las Unidades de Reacción Inmediata de la Fiscalía (como lo establecía la disposición demandada), sino al Juez de Instrucción Penal Militar para que éste defina la competencia para conocer el proceso".
REDACCIÓN JUSTICIA
Artículos Relacionados