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Cortes

Tribunal Administrativo invalidó prohibición de minería en Jericó

En el suroeste antioqueño ya son tres los municipios que le dijeron no a la minería.

En el suroeste antioqueño ya son tres los municipios que le dijeron no a la minería.

Foto:Jaiver Nieto / Archivo EL TIEMPO

El municipio no tiene la facultad para prohibir la explotación del subsuelo, dice la decisión. 

Leonidas Medina
El Tribunal Administrativo de Antioquia declaró inválido el acuerdo que expedió  el Concejo Municipal de Jericó, Antioquia,  hace cinco meses, con el  que pretendía frenar la actividad minera en ese municipio.
Para el alto despacho judicial este tipo de decisiones no son del resorte de los municipios, son  del orden nacional. Aseguró que el Estado es quien debe decidir al respecto.
De acuerdo con el Tribunal, el tema no es de competencia de  los concejos municipales, según, ellos "no pueden prohibir de manera genérica la explotación de los recursos naturales no renovables, por tratarse de un tema de interés nacional que no debe resolverse de manera unilateral por las autoridades locales, precisó el Tribunal de Antioquia".
El acuerdo que prohibía la actividad minera en este municipio antioqueño se aprobó en junio de este año, después de que el concejo municipal le dedicara varias horas de debate, en la que 10 de 11 concejales dieron su voto.
Esta decisión de no permitir la minería es la segunda que se dio en este departamento, en Támesis también su concejo aprobó el pasado 29 de mayo la prohibición de este tipo de actividades, por “proteger el medio ambiente”, dice la decisión.
En su decisión el Tribunal de Antioquia expresó, además, que las decisiones sobre la explotación de los recursos naturales no renovables deben realizarse de manera coordinada y concertada, pues existen normas de carácter nacional que regulan el tema de explotación minera y que deben ser tenidas en cuenta por los municipios al momento de regular la actividad minera.
"El Concejo Municipal de Jericó se excedió en sus competencias al prohibir la minería sin tener en cuenta estos principios", aclaró el Tribunal. 
Por su parte la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, dijo al respecto "que un acuerdo municipal como el que fue declarado inválido por el Tribunal de Antioquia desconoce el contexto de la conformación del ordenamiento minero dentro de un territorio determinado y contraría abiertamente la Constitución Política, la ley y la línea jurisprudencial elaborada por la Corte Constitucional sobre el particular".
JUSTICIA
justicia@eltiempo.com
Leonidas Medina
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