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Cortes

Faltas menores de policías no pueden ir a sus hojas de vida

Así lo determinó el Consejo de Estado al resolver una tutela.

El Consejo de Estado decidió que las faltas menores cometidas por policías y que no den lugar a la apertura de investigaciones disciplinarias no deben ser consignadas en el formulario de seguimiento o en la hoja de vida de los uniformados. 
La Sección Segunda del Tribunal tomó la decisión al resolver una tutela de un policía al que habían reseñado por un llamado de atención de uno de sus superiores.
La falta tenía que ver con la participación del policía en una videoconferencia convocada por el Departamento de Policía del Magdalena Medio para coordinar el trabajo de la Fuerza Pública durante la jornada electoral de octubre del año pasado. Al finalizar la reunión, se hizo una anotación en el formulario de servicios del agente por haberse ausentado de la reunión sin verificar si las instrucciones que habían recibido los asistentes habían sido comprendidas.
Aunque la Policía del Magdalena Medio dijo que no habían consecuencias disciplinarias contra el uniformado, el policía consideró que la entidad vulneró sus derechos a la presunción de inocencia, buen nombre y honra.
El Tribunal Administrativo de Santander le dio la razón al policía al resolver una tutela que fue confirmada por el Consejo de Estado. Según la Sección Segunda "si la falta no da lugar a la apertura de investigación, el Régimen Disciplinario de la Policía contempla el llamado de atención verbal y no las anotaciones en el formulario de seguimiento o en las hojas de vida”.
A juicio de la Sala," la amonestación escrita le restaría puntos al presunto infractor en su evaluación de desempeño, lo que, por ejemplo, podría frustrarle eventuales aspiraciones de ascenso mediante una actuación irregular, pues corresponde a una amonestación escrita que no surtió el debido proceso, así mismo no respetó el derecho a la defensa o de contradicción antes de que quedara plasmada en el sistema informático”.
JUSTICIA
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