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Cortes

Con 15 días de vigencia, nuevo Código de Policía ya tiene 35 demandas

Cientos de vendedores ambulantes protestaron ayer en la Plaza de Bolívar, en Bogotá, contra el nuevo Código de Policía.

Cientos de vendedores ambulantes protestaron ayer en la Plaza de Bolívar, en Bogotá, contra el nuevo Código de Policía.

Foto:Rodrigo Sepúlveda / EL TIEMPO

Corte Constitucional ya ha admitido 15 demandas y tiene otras 20 en revisión.

Aunque el nuevo Código de Policía entró en vigencia hace tan solo dos semanas, a la Corte Constitucional ya ha llegado una avalancha de demandas contra esa ley que regula el comportamiento ciudadano y las normas de convivencia.
El alto tribunal ha recibido a la fecha 55 demandas. De todos esos recursos, 20 han sido archivados porque no se corrigieron a tiempo en su argumentación, y 15 ya fueron admitidos para que la Corte Constitucional decida si tumba o no las normas cuestionadas. Las otras 20 demandas aún están en etapa de revisión preliminar.
Una de las normas que ha generado más polémica es la que reglamenta el “derecho a reunión” o las manifestaciones públicas. (Lea también: El Código de Policía desata crisis respecto a canes 'peligrosos')
En uno de los procesos, seis ciudadanos aseguran que el nuevo código dejó en manos del Ejecutivo la reglamentación de las aglomeraciones, algo que solo podía hacer el Congreso, “pues únicamente la ley puede establecer las restricciones” a ese derecho.
El nuevo Código de Policía designa 14 razas de perros potencialmente peligrosos, y sus propietarios deben cumplir estrictas normas.

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Además afirman que con el código se obliga a avisar a las autoridades administrativas sobre el sitio de la aglomeración. Esto, a su juicio, termina reglamentando el derecho fundamental a la reunión, lo que debió hacerse por una ley estatutaria y no ordinaria, que fue con la que se tramitó el código.
Esa misma opinión es acompañada en otra demanda por Dejusticia. Esta ONG dice que “el deber del aviso previo a las autoridades sobre las reuniones y manifestaciones públicas desconoce la esencia disruptiva de la protesta social, salvo en los casos en los que la reunión implique el uso temporal de vías públicas”.
Otra norma polémica es la que les permite a los alcaldes dictar mandamientos escritos para registrar domicilios, por lo que, en ciertos casos, ya no se necesitará una orden judicial para que la Policía entre a una vivienda.
Los seis ciudadanos demandantes aseguran que en esos hechos, la fuerza policial podría vulnerar la inviolabilidad del domicilio. “Permitir a una autoridad pública administrativa que en ejercicio de su función de policía emita órdenes de registro de domicilios, aunque revistan fines legítimos, suprime garantías constitucionales al debido proceso y la reserva judicial”, aseguran. (También: Faltan más policías para aplicar el nuevo Código en Bogotá)
Dejusticia presentó otra demanda contra el orden judicial y otras cuatro medidas que podrían ir en contra del derecho a la intimidad y que “somete a la población al monitoreo indiscriminado”.
La ONG criticó que el código permita que todos los equipos deban registrar su identidad internacional (Imei) en una base de datos que incluye información personal del propietario, y a la que pueden acceder autoridades judiciales, policivas y administrativas. También rechazó que se clasifique como público el espacio electromagnético, “lo que impide la privacidad y la inviolabilidad de las comunicaciones que por él transitan”. Además, la ONG dice que habrá cámaras de seguridad en los vehículos de transporte público masivo y se cambia la naturaleza de los datos personales captados por cámaras de seguridad, para volverlos datos públicos.
Así, se enlazarán con la Policía los sistemas de vigilancia de propiedad privada y pública. Por eso, Dejusticia dice que el código “establece mecanismos de vigilancia masiva que por su ausencia de definiciones y límites, y por su falta de ponderación entre medios y fines, resultan violatorios del derecho a la intimidad y al habeas data”.

Permitir a una autoridad pública administrativa que en ejercicio de su función de policía emita órdenes de registro de domicilios suprime garantías constitucionales

Otra de las demandas presentadas por un ciudadano busca tumbar las normas que permiten la recuperación del espacio público multando a los vendedores ambulantes y quitándoles su material de trabajo. La demanda asegura que aplicar estas medidas policivas, sin iniciar primero un proceso para darles alternativas, pondría en riesgo su mínimo vital. Esta norma fue el foco de protestas que se desarrollaron este lunes en Bogotá.
La Corte también estudia una demanda de varios senadores, del Colectivo de Abogados y la Comisión Colombiana de Juristas, donde piden tumbar no solo las normas que regulan la protesta, sino las que permiten como medidas de protección el traslado de habitantes de calle, de menores que estén consumiendo sustancias sicoactivas, y de quienes protagonicen una riña. Todo esto sin una orden judicial y a discreción de los policías.
Para los demandantes, esa norma, “a pesar de que se presenta como una medida con fines preventivos y de protección al sujeto o a terceros, en realidad es una medida con fines correctivos y sancionatorios”, y no deja claro a qué centro serían llevados ni en qué condiciones. (Además: Maluma, otro de los que infringieron el nuevo Código de Policía)
Los senadores también demandaron la norma que regula el proceder de la Fuerza Pública en protestas, porque establece que las Fuerzas Militares no podrán intervenir en las manifestaciones, “salvo los casos en los que excepcionalmente los autoriza la Constitución y la ley”. Afirman que darles esa posibilidad a los militares viola el Derecho Internacional Humanitario, pues asegurar la convivencia “es función exclusiva de la Policía”.
Otra de las demandas admitidas por la Corte fue la que presentaron los ciudadanos Francisco de Paula Santander Ruiz y Yamile Vega Parra. Piden eliminar la norma que determina que en los procesos que se adelanten por afectar al ambiente, “se presume la culpa o el dolo del infractor, a quien le corresponde probar que no está incurso en el comportamiento contrario”. Esto, para los demandantes, vulnera la “presunción de inocencia”.

Comparendos pedagógicos

Con el nuevo Código de Policía que comenzó a regir desde el 30 de enero, las autoridades ya han impuesto 20.158 comparendos pedagógicos. Esas medidas, que serán efectivas por seis meses mientras los ciudadanos se apropian del código, obligan al infractor a realizar un curso pedagógico. Por ahora, las multas que trajo esta ley no están operando. También se han impuesto 29.307 medidas correctivas en todo el país. (Lea: Así fue el primer día del Código Nacional de Policía)
La Policía asegura que el comportamiento más recurrente ha sido consumir bebidas alcohólicas o sustancias prohibidas en el espacio público.
JUSTICIA
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