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Cortes

JEP sólo es competente para revisar tutelas contra esa justicia: Corte

La Corte Suprema de Justicia adelanta 94 juicios contra congresistas, entre ellos los implicados por casos de corrupción en el alto tribunal y los del escándalo de Odebrecht.

La Corte Suprema de Justicia adelanta 94 juicios contra congresistas, entre ellos los implicados por casos de corrupción en el alto tribunal y los del escándalo de Odebrecht.

Foto:Martín García / Archivo EL TIEMPO

Corte Suprema le recordó que si recibe una tutela contra un órgano ordinario, debe remitirla. 

Milena Sarralde
La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia aseguró que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP), creada para juzgar a exguerrilleros de las Farc y a agentes del Estado procesados por hechos del conflicto armado, sólo tiene competencia para revisar las tutelas contra esa jurisdicción. 
Según la Corte, el Tribunal para la Paz sólo podrá conocer las tutelas que se instauren por acciones u omisiones de los órganos que hacen parte de la JEP, tal y como lo dispone el Acto Legislativo 01 del 2017 que creó esa justicia. 
Así se lo precisó la Corte a la Sección de Revisión del Tribunal para la Paz.
En una comunicación enviada a la magistrada Caterina Heyck (de la JEP), la magistrada de la Corte Suprema de Justicia Patricia Salazar Cuéllar aseguró que si eventualmente el Tribunal para la Paz encontrara una afectación a derechos fundamentales por parte de cualquier autoridad judicial o administrativa distinta a la JEP, esas tutelas tendrán que ser remitidas al juez competente por fuera de esa jurisdicción. 
El pronunciamiento de la Corte se dio porque esa jurisdicción había vinculado a la Sala Penal en una tutela en la que un oficial de la Policía condenado por la justicia ordinaria, quien pide beneficios en esa jurisdicción.
Para la Corte, la vulneración de presuntos derechos recaería sólo sobre la JEP  porque esa jurisdicción no le ha contestado unas solicitudes para recibir beneficios, por lo que no puede vinculara a la Corte Suprema.
Por eso le recuerda que si llegara a recibir una tutela contra algún órgano de la jurisdicción ordinaria no sería la JEP el organismo competente para resolverla. 
JUSTICIA
Milena Sarralde
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