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Justicia

Coomeva desvió plata de la salud en sus IPS: Contraloría

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Foto:Rodolfo González Prieto

Gastos de cafetería, impuestos y gastos de viaje desviaron 38.866 millones de pesos.

Honorarios de empleados, impuestos, arrendamientos y adecuaciones de sus edificios, pagos de seguros, servicios públicos, gastos de viajes, libros, suscripciones a periódicos, música ambiental para salas de espera, facturas de cafeterías y restaurantes, y hasta pagos de combustible. En esos gastos terminaron desviados 38.866 millones de pesos de la salud de los colombianos.
Aunque todos esos pagos tenían que ser asumidos por Coomeva por ser gastos de la operación de unas IPS que esa entidad creó, entre el 2007 y el 2008 terminaron siendo sufragados con recursos públicos, dinero que debía invertirse en tratamientos y medicinas del Plan Obligatorio de Salud (POS).
Así lo determinó la Contraloría, que condenó este martes a la EPS a pagarle ese dinero al erario. Entre los condenados están sus exgerentes Fernando Panesso Serna –actual embajador de Colombia en Ecuador–, Piedad Cecilia Pineda y la firma PricewaterhouseCoopers Ltda. Para garantizar que paguen el fallo, la Contraloría embargó sus bienes y cuentas bancarias.
Gilberto Quinche Toro, gerente general del sector salud de Coomeva, le dijo a EL TIEMPO que la discusión con la Contraloría es por el registro contable de esos gastos, y por eso apelaron la decisión de primera instancia. “Cada uno de esos 38.866 millones se usaron en la prestación de servicios de salud. No es que se hayan desviado los recursos para cosas indebidas”, dijo.
Quinche sostiene que esos gastos eran necesarios para la operación de las Unidades Básicas de Atención (UBA). Esas UBA, que son IPS propias de Coomeva, fueron creadas por la EPS para prestar servicios de primer nivel.
“No es admisible que Coomeva asumiera como costos de la prestación del servicio de salud los gastos operacionales administrativos de sus IPS propias. Al ser creadas de esta manera, el sostenimiento de las mismas pasó a ser un gasto operacional de la EPS que debió ser pagado con recursos propios, pero nunca como un costo de la prestación del servicio de salud”, dice el fallo.
JUSTICIA
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