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Decreto definió las reglas de juego de las Zidres

El decreto establece que no se harán este tipo de proyectos agroindustriales en resguardos o zonas protegidas, entre otros.

El decreto establece que no se harán este tipo de proyectos agroindustriales en resguardos o zonas protegidas, entre otros.

Foto:Archivo particular

Aspectos de la delimitación y que no se podrán constituir en resguardos indígenas, entre los puntos.

Tras un agitado paso por el Legislativo, con duras críticas por los temas de tierras, este miércoles, el ministro de Agricultura (e), Juan Fernando Cristo, firmó el decreto reglamentario que da vida a las llamadas Zonas de Interés de Desarrollo Rural, Económico y Social (Zidres).
La nueva medida indica ya todos los aspectos de forma que deben tenerse en cuenta a la hora de constituir una de las zonas.
Para la identificación de dónde se ubicarán, este trabajo corresponderá a la Unidad de Planificación de Tierras Rurales, Adecuación de Tierras y Usos Agropecuarios (Upra), pero la delimitación deberá hacerse de acuerdo con los mandatos de los planes POT, PBOT y POD de las regiones.
El decreto indica que no podrán constituirse en resguardos indígenas, en territorios colectivos o en proceso de titulación; tampoco en parques naturales, páramos y humedales, entre otros.
También deberá hacerse consulta previa si se piensa establecer una de estas en zonas con presencia de comunidades étnicas.
Como requisitos generales, los proyectos productivos deben cumplir no menos de ocho indicaciones así como otras particulares que dé el Ministerio de Agricultura.
El decreto creó el llamado ‘Banco de Proyectos Productivos’ por desarrollarse en las Zidres.
La evaluación de la viabilidad de los proyectos la hará el Ministerio de Agricultura, para lo cual se tomará no menos de 60 días para emitir su concepto.
Otro de los aspectos de la norma es la entrega de bienes inmuebles de la Nación a este tipo de proyectos, para lo cual se cederían baldíos adjudicables que no se encuentren reservados para otros propósitos y los bienes inmuebles fiscales.
Vale la pena destacar que faltan aún una serie de procesos de forma que deberán ajustarse y relacionarse, minuciosamente, en las resoluciones que se deriven del decreto.
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