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Mientras hay una reforma pensional, estas son las opciones hoy

Los Beneficios Económicos Periódicos, un buen intento, pero requieren reformarse.

Los Beneficios Económicos Periódicos, un buen intento, pero requieren reformarse.

Foto:Archivo / EL TIEMPO

Entérese si le conviene estar en Colpensiones, en fondos privado, en Beps o en pensiones familiares.

Martha Morales

1. ¿Colpensiones o los fondos privados?

Entre los trabajadores que tienen la posibilidad de afiliarse y aportar para pensiones, una pregunta frecuente es si es mejor estar en los fondos privados o en Colpensiones.
En líneas generales, puede ser mejor estar en Colpensiones cuando la persona tiene ingresos relativamente altos y estabilidad laboral, es decir que puede cotizar todas o la mayoría de semanas del año durante décadas seguidas.
En cambio, para personas que no tienen esa estabilidad y además cotizan con base en salarios bajos, puede ser más conveniente estar en los fondos privados. La razón es que corren el riesgo de no completar las semanas necesarias para tener derecho a una pensión, y en ese caso les devolverían los aportes, al completar la edad. En los fondos, tendrían los aportes más los rendimientos alcanzados, pero en Colpensiones sólo tendrían un ajuste con la inflación.
En todo caso, para cada persona la realidad es distinta, y si está pensando en pasarse de un régimen a otro, existe la doble asesoría que están obligados a dar los fondos privados y Colpensiones. Desde enero es obligación brindarla a las mujeres mayores de 37 años que la soliciten o para los hombres mayores de 42. Y desde octubre, para trabajadores de cualquier edad.

A quienes no les convenía trasladarse de régimen, se abstuvieron de tomar decisiones adversas para su futuro pensional; otros lo hicieron porque tendrán un mayor beneficio en el otro régimen

Según el gremio de los fondos privados (Asofondos), “lo que indican las cifras es que la doble asesoría viene ayudando a los trabajadores a que, con una información a la mano más adecuada y suficiente, analicen sus alternativas. En unos casos, a quienes no les convenía trasladarse de régimen, se abstuvieron de tomar decisiones adversas para su futuro pensional; mientras que otros lo hicieron porque tendrán un mayor beneficio en el otro régimen”.
Así, un afiliado puede solicitar el cambio de régimen una vez haya recibido asesoría personalizada por parte de ambos regímenes.

Según la Superfinanciera para ello necesita:

1. Los requisitos:

1. Solicitar asesoría para traslado
Debe acercarse a su administradora o a la que espera trasladarse presentando el documento de identidad.
2. Suministrar datos de contacto
Proporcionar información que permita a las administradoras contactarlo (teléfonos, correo electrónico y direcciones).
3. Revisar y validar el soporte de solicitud de la asesoría
Este documento incluye autorización para el uso y protección de sus datos; la necesidad de recibir asesoría de ambas administradoras y la fecha límite para recibir la orientación personalizada en los siguientes 20 días hábiles.
La puede obtener de inmediato o en una fecha acordada, mientras el otro sistema se pondrá en contacto para brindarle la segunda orientación.
4. Mecanismo
La asesoría puede ser presencial, virtual o por vía telefónica y en los horarios que la persona defina con la entidad.
5. Información
En ambas asesorías el cotizante recibe datos de su proyección de pensión de vejez en varios escenarios que van desde no volver a cotizar hasta cotizar el ciento por ciento del tiempo.
Se especifican proyecciones sobre edad y monto de la pensión; semanas cotizadas al cumplir la edad de pensión y alternativas si no cumple los requisitos para jubilarse, dependiendo de cada uno de los regímenes.
Si no alcanza con el ahorro individual, juntar los esfuerzos en pareja es una opición

Si no alcanza con el ahorro individual, juntar los esfuerzos en pareja es una opición

Foto:Archivo / EL TIEMPO

2. Si los aportes no alcanzaron para tener pensión

Saber cuánto ahorro necesita acumular una persona para obtener el seguro de vejez no es fácil. No hay un estándar, dicen los analistas, pues se debe tener en cuenta variables como la edad, el número de hijos y la edad del cónyuge. No obstante, se estima que para obtener una pensión mínima, el ahorro acumulado en 1.300 semanas de cotización (25 años) debe estar entre 180 y 250 millones de pesos, entre aportes y rendimientos. En caso de no lograrlo, el afiliado tiene opciones para asegurar un ingreso para cuando decida jubilarse.
1. Garantía de Pensión Mínima
Cuando no se logra el capital porque no hubo quizá la estabilidad laboral y en consecuencia las cotizaciones constantes, si el afiliado tiene 1.150 semanas ahorradas, tendrá acceso a una mesada igual a un salario mínimo, a través de la garantía de pensión mínima.
2. Pensión familiar
La persona también puede aplicar a la alternativa de pensión familiar en la que la persona y su cónyuge o pareja suman sus aportes y de esta forma obtener una mesada para la jubilación.
3. Devolución con rendimientosde los ahorros
En caso de no aplicar a cualquiera de las opciones descritas, el afiliado puede optar por reclamar al fondo al que haya hecho sus aportes o a Colpensiones la devolución de esos aportes. En el caso de los fondos privados, le serán entregados junto con las rentabilidades totales que se lograron durante el tiempo de la cotización.
En el sistema público, se le devuelven sus aportes actualizados con la inflación. En el modelo privado, los recursos del afiliado van a una cuenta individual a nombre del cotizante, que puede monitorear.

3. Beneficios Económicos Periódicos: ahorre lo que pueda

Lograr que las personas de más bajos ingresos, adultos mayores desamparados, que viven en la extrema pobreza o, incluso en la indigencia tengan los medios económicos para subsistir, es uno de los principales objetivos de los programas de Beneficios Económicos Periódicos (Beps) y de Colombia Mayor, programas de subsidios del Gobierno.
El primero busca que aquellos colombianos con bajos ingresos, pero con voluntad de ahorro, puedan disfrutar de un seguro para su vejez, así dicho ahorro no sea suficiente para asegurarse una pensión mínima, ante lo cual el Gobierno le dará una ayuda equivalente al 20 por ciento del monto acumulado de forma voluntaria.
El programa permite a las personas ahorrar según su capacidad económica de manera diaria, semanal o mensual. Dicho ahorro no podrá superar los 990.000 pesos para el 2018 y se puede realizar un aporte desde 5.000 pesos a través de los puntos de la red Vía Baloto con el código 858585.

Con el ahorro acumulado en Beps la persona podrá obtener el pago de una suma de dinero cada dos meses

Cada vez que la persona realiza un aporte a su ahorro voluntario recibirá un comprobante, en el cual deberá verificar el valor consignado. Si la transacción es rechazada, tendrá que solicitar el comprobante donde se estipula el motivo del rechazo de la misma, pues en esos puntos de pago se valida, además, que la persona se encuentra vinculada al programa y que el monto del ahorro no excede el máximo permitido.
Con este ahorro acumulado la persona podrá obtener el pago de una suma de dinero cada dos meses, por el resto de su vida (anualidad vitalicia), que depende de la suma de los recursos ahorrados, más rendimientos generados y el incentivo periódico del 20 por ciento.
Debe tener la edad de jubilación (mujeres 57 años y hombres 62) y un ahorro mínimo que alcance para una mesada de 50.000 pesos.
El individuo también puede trasladar esos recursos a la administradora a la que se encuentre vinculado (AFP o Colpensiones) en caso de lograr una pensión, o puede solicitar la devolución del dinero ahorrado con sus rendimientos en un único pago, ante lo cual no recibirá el incentivo periódico.
Los adultos mayores desamparados reciben un auxilio directo monetario, a través del programa Colombia Mayor.

Los adultos mayores desamparados reciben un auxilio directo monetario, a través del programa Colombia Mayor.

Foto:Archivo / EL TIEMPO

4. Colombia Mayor, alternativa para quienes no pudieron aportar nada

Para ingresar al 'programa Colombia Mayor' se deben cumplir requisitos como pertenecer a los niveles 1 o 2 del Sisbén, ser adulto mayor de bajos recursos, vivir de la caridad pública o en un Centro de Bienestar de Adulto Mayor; ser indígena de escasos recursos, residente de resguardos o persona que no aplique a la encuesta del Sisbén.
También es necesario, para vincularse al programa, tener tres años menos de la edad requerida para la pensión por vejez, es decir, 54 años en el caso de las mujeres y 59 años para los hombres.
Los adultos mayores que vivan con sus familias en las que el ingreso sea inferior a un salario mínimo mensual, o aquellos que vivan solos y su ingreso personal sea igual o inferior a medio salario mínimo pueden hacer parte de este programa estatal de ayuda.

Un subsidio económico directo es un beneficio otorgado en dinero a la población de la tercera edad que cumpla con los requisitos establecidos y el cual es intransferible

Este programa cuenta con dos tipos de ayudas para esta población colombiana: un subsidio económico directo, el cual “consiste en un beneficio otorgado en dinero que es entregado a la población de la tercera edad que cumpla con los requisitos establecidos y el cual es intransferible”.
El otro es un subsidio económico indirecto, el cual se otorga en servicios sociales básicos y se entrega a través de los Centros de Bienestar del Adulto Mayor (CBA).
Se espera la vinculación de 2,4 millones de adultos en esas condiciones.
ECONOMÍA Y NEGOCIOS
Martha Morales
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