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La familia Salabarría aún está lejos de la tierra prometida

estamos lejos de la tierra prometida

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Foto:Dato y Especiales Multimedia

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La Defensoría del Pueblo se pronuncia sobre uno de los casos de restitución que siguen embolatados. 

Maritza Salabarría fue desplazada de Mundo Nuevo, Córdoba, y no puede volver. Una sentencia del Tribunal Superior de Antioquia, proferida el 3 de noviembre de 2016, le restituyó las parcelas a quienes fueron sus vecinos y, como ella, debieron salir hace 26 años del territorio. En ese entonces ‘los Mochacabezas’ les advirtieron que desgajarían cuerpos y cumplieron. Pero Maritza no hace parte del grupo que retorna. ¡Ella no!
Su imagen se quedó congelada en una foto del 19 de noviembre de 2011 al lado del entonces ministro de Agricultura, Juan Camilo Restrepo Salazar, quien es hoy negociador de paz con ELN. El funcionario creyó haber resuelto una historia de dos décadas de desplazamiento, desaparición y crímenes cuando le entregó los dos títulos de propiedad a la mujer y dijo whisky para la fotografía.
Pero ni los títulos ni el tiempo que ha corrido desde que se promulgó la Ley de Víctimas le han ayudado a Maritza.
Sus dos hijos, José Andrés Salabarría, de 24 años, y Ómar Duque Salabarría, de 22, no han conocido una vida distinta a la del desplazado que recibe atención del Estado a través de diferentes organismos, que conforman una telaraña que, en algunos casos, quizá sin pretenderlo, cae en la estigmatización de la víctima.
La conclusión es de la Defensoría del Pueblo, que revisó la ruta que ha tenido que recorrer la familia Salabarría, entre el 2004 y el 2014. El documento de 46 páginas se titula 'Análisis sobre las barreras institucionales para el goce efectivo de derechos'. El caso de la gestión para el restablecimiento de la familia Salabarría.
Maritza Salabarría recibió los títulos de propiedad de sus tierras pero no ha podido regresar a ellas por un detalle jurídico.

Maritza Salabarría recibió los títulos de propiedad de sus tierras pero no ha podido regresar a ellas por un detalle jurídico.

Foto:Cortesía El Meridiano de Córdoba

Pese a sus esfuerzos, el Estado no ha garantizado la restitución de los predios pendientes

Ana María Gómez, asesora de la Defensoría del Pueblo, describe en el documento que, aunque hay un esfuerzo del Estado, este mismo no ha garantizado la restitución de los predios pendientes:
"Si bien es cierto se reconoce el esfuerzo del Estado para, ante la imposibilidad del retorno, garantizar el acceso a la tierra de esta familia con la adjudicación del predio Puerto Arturo (Pivijay, Magdalena), es preocupante que, a la fecha, el Estado Colombiano no haya garantizado la restitución de los tres predios que estaban pendientes en el proceso ni el acceso material de los ya restituidos y que, ante esta situación, no se haya avanzado en medidas de restitución por equivalente o por compensación, ya que la imposibilidad del retorno ha generado incertidumbre entre los miembros de la familia, lo que en parte no ha permitido a algunos de ellos restablecerse de manera definitiva en otro lugar y plantear sus proyectos de vida. Son preocupantes los cuestionamientos que hay respecto a las razones de abandono de los predios restituidos, que ponen en duda lo manifestado por la familia".
¿Por qué Maritza no puede retornar a Mundo Nuevo en Planeta Rica? Según la sentencia del Tribunal, no se ha podido clarificar la propiedad de su padre, Emiro Salabarría, desaparecido en el año 1997, a la edad de 66 años, en una zona asediada por el paramilitarismo.
El mismo día que murió su padre, la madre de Maritza sufrió un infarto y también falleció. Tiempo después desaparecería su esposo de la tierra que le había dado cobijo y comida a toda su familia. Desde entonces, han deambulado por seis departamentos de Colombia a lo largo de un cuarto de siglo.
¿No gozan de dignidad los procesos de retorno? Para la Corte Constitucional, no:
"En definitiva, este caso ilustra la persistencia de las falencias manifestadas por la Corte constitucional en la Sentencia T-025 de 2004 y sus Autos de seguimiento, particularmente el 219 y el 058, en lo que respecta al incumplimiento de los principios de voluntariedad, seguridad y dignidad de los procesos de retorno o reubicación. Igualmente, se observa que, pese a los recursos ejecutados, no hay avances en el restablecimiento de derechos de la familia y, por lo tanto, se presenta un incumplimiento de los fines esenciales del Estado, referidos en el artículo 2 de la Constitución Política".

Lea aquí completo el documento de la Defensoría del Pueblo

Este texto hace parte del reportaje 'Todavía no llegamos a la tierra prometida'
Por: Unidad de Datos
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