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Colombia

Así funcionan las Cajas de Compensación Familiar en Colombia

Cajas de compensación familiar

Cajas de compensación familiar

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Cualquier persona puede afiliarse, acceder a los servicios ofrecidos y disfrutar de sus beneficios.

Tatiana Pikieris
Tanto en nuestro país como en el mundo, las Cajas de Compensación Familiar (o CCF) son corporaciones de derecho privado, con patrimonio propio y sin fines de lucro, cuya función inicial es la de administrar las prestaciones de seguridad social, con las que se busca el desarrollo y el bienestar del trabajador y su familia.
“Las CCF son, básicamente, entidades privadas sin ánimo de lucro que fueron creadas hace 60 años por decisión voluntaria de un grupo de empresarios pertenecientes a la ANDI y a FENALCO, con el propósito de apoyar a los trabajadores colombianos a mejorar su calidad de vida por medio de la atención y la respuesta eficaz a sus necesidades y las de su grupo familiar”, afirma Adriana Guillén, presidenta de la Asociación Nacional de Cajas de Compensación (Asocajas).
Guillén explica también que el sistema de compensación familiar está enfocado en beneficiar y apoyar a los trabajadores colombianos que devengan hasta cuatro salarios mínimos legales vigentes, brindándoles desde una cuota monetaria a ellos, sus conyugues e hijos menores de 18 años, hasta una gama amplia de servicios diseñados para brindar las mejores condiciones de bienestar y calidad de vida.
A lo que agrega que “muchos de nuestros trabajadores no tendrían hoy día esos beneficios ni esos espacios de recreación y deporte si no fuera porque las Cajas de Compensación, gracias al aporte del 4% del sector empleador, lo han hecho posible”.

¿Para qué las Cajas?

En nuestro país, y según datos de la Superintendencia del Subsidio Familiar (SSF), existen 43 Cajas de Compensación Familiar, beneficiando a más de 28 millones de personas, que operan a nivel departamental, mínimo una en cada departamento, con excepción de la Caja de Compensación Familiar Campesina, que tiene radio de acción en los departamentos de Vichada, Vaupés, Guainía y Guaviare.
José Leonardo Rojas, Superintendente del Subsidio Familiar, manifiesta que a las Cajas de Compensación se les han encomendado, entre otras, las siguientes funciones:
- Recaudar, distribuir y pagar los aportes destinados al subsidio familiar.
- Organizar y administrar las obras y los programas que se establezcan para el pago del subsidio familiar en especie o servicios.
- Ejecutar actividades relacionadas con sus servicios, la protección y la seguridad social directamente, o mediante alianzas estratégicas con otras cajas de compensación o con entidades especializadas públicas o privadas, conforme las disposiciones que regulen la materia.
- Invertir en los regímenes de salud, riesgos profesionales y pensiones de acuerdo con las reglas y los términos del Estatuto Orgánico del Sector Financiero y demás disposiciones que regulen las materias.
- Administrar las actividades de subsidio en dinero; la recreación social, los deportes, el turismo, los centros recreativos y vacacionales; la cultura, los museos, las bibliotecas y los teatros; la vivienda de interés social; los créditos, los jardines sociales o los programas de atención integral para niños y niñas de 0 a 6 años; los programas de jornada escolar complementaria; la educación y la capacitación; la atención de la tercera edad y los programas de nutrición materno-infantil, entre otros.
- Gestionar directamente, con convenios o mediante alianzas estratégicas, el programa de microcrédito para la pequeña y mediana empresa, y la microempresa.
- Realizar actividades de mercadeo, incluyendo la administración de farmacias.

Servicios que llegan a todos

En Colombia, explica Asocajas, cualquier trabajador con contrato laboral tiene derecho a estar afiliado a una Caja de Compensación Familiar. En este escenario, el monto de la afiliación es asumida en su totalidad por el empleador, quien a su vez elige la Caja a la que afiliará a sus empleados.
Para el caso de los trabajadores independientes que pagan directamente su seguridad social (salud, pensión y ARL), existen dos modalidades de afiliación: aportar sobre el 2 por ciento o sobre el 0,6 por ciento del valor del Ingreso Base de Cotización, siempre que no sea inferior a un salario mínimo legal vigente.
La diferencia entre ambas posibilidades radica en los servicios que el trabajador y su familia obtendrán de la Caja de acuerdo con el aporte. Por eso, es necesario constatar el portafolio de servicios que ofrece cada una de estas corporaciones.
Y en el caso de los extranjeros, estos pueden realizar sus aportes como independientes a través de los operadores PILA vía Internet.
Tatiana Pikieris
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